El visado para nómadas digitales en España se ha convertido en un paso fundamental para que los profesionales que trabajan de manera remota puedan establecerse legalmente en el país. Este permiso, que se introdujo en enero de 2023 como parte de la Ley 28/2022, de fomento del ecosistema de las empresas emergentes, permite a los trabajadores remotos provenientes de fuera de la Unión Europea residir y realizar su actividad profesional en España, bajo ciertas condiciones específicas. A continuación, exploramos los requisitos, beneficios y el proceso para obtener esta visa, destacando además las consideraciones legales indispensables.
¿Qué es el visado para nómadas digitales y quién puede solicitarlo?
El visado para nómadas digitales es un permiso de residencia temporal diseñado para profesionales que trabajan de manera remota y que desean residir en España mientras continúan desempeñando sus actividades laborales para empresas ubicadas fuera de Europa. Este visado tiene una validez inicial de 12 meses, con posibilidad de renovación.
A diferencia de otros permisos de trabajo, este visado abre la puerta a permanecer en territorio español sin necesidad de establecer un vínculo laboral con empresas locales. Sin embargo, para su solicitud, es fundamental cumplir con una serie de requisitos detallados en el artículo 74 de la mencionada Ley 28/2022, entre los que destacan:
- Ser nacional de un país no perteneciente a la Unión Europea o al Espacio Económico Europeo.
- Trabajar de manera remota como autónomo para clientes ubicados fuera de España o bien tener un contrato laboral con una empresa extranjera.
- Demostrar una relación laboral vigente de al menos tres meses con la empresa o clientes y que dicha empresa tenga un año de actividad como mínimo.
- Acreditar una experiencia profesional mínima de tres años o, en su defecto, contar con formación académica específica en el área de trabajo.
- No contar con antecedentes penales en los últimos cinco años en los países donde haya residido.
Condiciones económicas y seguridad social exigidas
Uno de los aspectos clave para la solicitud del visado para nómadas digitales es la capacidad del solicitante para garantizar su manutención en España durante su estancia. Según la legislación vigente, el interesado debe acreditar recursos económicos suficientes, calculados como el 200% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). Esto equivale aproximadamente a 2.334 euros mensuales o 28.000 euros anuales. Dicha cantidad puede demostrarse mediante contratos, recibos de nómina o extractos bancarios.
Asimismo, es obligatorio contar con un seguro de salud privado con amplia cobertura en España o, en su defecto, acreditar la existencia de un convenio de seguridad social entre el país de origen y España. Este seguro debe proporcionar atención médica completa y no ser meramente un seguro de viaje.
¿Cómo se realiza la solicitud del visado para nómadas digitales?
El proceso de solicitud puede iniciarse desde el país de origen o desde España, bajo ciertas condiciones. Si el solicitante se encuentra en España como turista, puede solicitar el visado en la Oficina de Extranjería correspondiente antes de que se exceda el plazo de 90 días permitido para turistas (contenidos en el Real Decreto 557/2011, que regula los permisos y visados en España).
Para solicitudes realizadas desde el extranjero, esta debe efectuarse en el consulado español del país del solicitante. Entre los documentos requeridos se incluyen:
- Formulario de solicitud de visado completado y firmado.
- Copia del contrato laboral o, en el caso de autónomos, cartas de las empresas o clientes confirmando las relaciones de prestación de servicios.
- Certificado de antecedentes penales traducido y apostillado.
- Documentación que acredite recursos económicos y cobertura médica suficiente.
Una vez presentada la solicitud, el consulado o la Oficina de Extranjería tiene un plazo aproximado de 20 días para responder. En caso de que no se reciba respuesta dentro de este plazo, se aplicará el principio de silencio administrativo positivo, considerado en el artículo 76 de la Ley 28/2022.
Ventajas fiscales y tributarias del visado
El visado para nómadas digitales no solo fomenta la movilidad profesional, sino que también resulta atractivo por el régimen fiscal aplicable. Durante los primeros cuatro años de residencia, los beneficiarios de este visado pueden optar por tributar bajo el régimen de Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR), con un tipo impositivo fijo del 24% hasta un máximo de 600.000 euros anuales. Esto es un beneficio contemplado también en la Ley 35/2006, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
Asimismo, los nómadas digitales no están obligados a tributar en España por renta global, sino únicamente por los ingresos generados dentro del territorio español. Tampoco tendrán que abonar impuestos sobre activos ubicados fuera de España.
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