La Sociedad Limitada Profesional (SLP) se consolida como una forma jurídica adecuada para la agrupación de profesionales que ejercen en sectores regulados y cuya práctica exige colegiación profesional. Este modelo societario, regulado por la Ley 2/2007, de 15 de marzo, de Sociedades Profesionales, resulta especialmente atractivo para aquellos profesionales que desean asociarse bajo un marco jurídico claro, garantizando la prestación de unos servicios altamente especializados y cumpliendo con las exigencias del marco deontológico que regula su actividad.
Características principales de la Sociedad Limitada Profesional
La Sociedad Limitada Profesional combina los requisitos específicos de la actividad profesional con las ventajas propias de las sociedades mercantiles. Este tipo societario tiene como objeto exclusivo el ejercicio de una profesión para la que se exija titulación universitaria oficial o formación profesional y la correspondiente colegiación.
Normativa aplicable
Como se menciona, este tipo de sociedad se rige por la Ley 2/2007. Dicha normativa establece que los socios profesionales, que son aquellas personas que ejercen de forma efectiva la actividad profesional dentro de la propia sociedad, deben poseer la mayoría del capital social y los derechos de voto. Además, determina aspectos esenciales como la denominación social, que debe incluir el sufijo «S.L.P.», y la inscripción obligatoria en el Registro Mercantil y, en su caso, en el Registro de Colegios Profesionales correspondiente.
Responsabilidad de los socios
Una de las ventajas inherentes de la Sociedad Limitada Profesional es que limita la responsabilidad de los socios al capital aportado. No obstante, en el caso de actuaciones negligentes o contrarias a la normativa deontológica, los socios profesionales pueden ser responsables personalmente frente a los clientes afectados. Por ello, resulta fundamental contar con un seguro de responsabilidad civil profesional, que ampare frente a reclamaciones derivadas de posibles incumplimientos.
Ventajas de optar por el modelo de Sociedad Limitada Profesional
La SLP presenta numerosos beneficios que la convierten en una opción atractiva para los profesionales que buscan ejercer su actividad bajo una estructura societaria. Entre las ventajas más destacadas se encuentran:
- Fiscalidad más competitiva: Las SLP tributan a través del Impuesto de Sociedades, lo que puede resultar más beneficioso en comparación con el IRPF aplicado a los trabajadores autónomos. Esto permite optimizar la tributación dependiendo del nivel de ingresos de la sociedad.
- Limitación de la responsabilidad financiera: Los socios responden únicamente con el capital aportado, a menos que se cometa una infracción de tipo profesional que afecte al cliente o a terceros.
- Fortalecimiento de la competitividad: Al agruparse varios profesionales bajo una SLP, se mejora el posicionamiento en el mercado, ofreciendo servicios integrales y altamente especializados que pueden abarcar diferentes áreas del ejercicio profesional.
- Estructura societaria clara: La SLP permite regular las relaciones entre los socios, distribuyendo derechos y responsabilidades de acuerdo con los criterios establecidos en los estatutos de la sociedad.
Limitaciones y requisitos esenciales
A pesar de las ventajas, la SLP también tiene ciertos requisitos y limitaciones que deben observarse estrictamente para garantizar su legalidad y funcionamiento adecuado.
Limitaciones de la participación societaria
Un aspecto esencial es que la mayoría del capital social y de los derechos de voto deben pertenecer a los socios profesionales. Los socios no profesionales pueden participar, pero su influencia queda limitada. Asimismo, en caso de que exista un único administrador, este deberá ser un socio profesional. Si, por el contrario, se opta por un consejo de administración, al menos la mitad de sus miembros deberán ser socios profesionales.
Inscripción obligatoria
La SLP debe inscribirse en el Registro Mercantil y cumplir con la normativa específica del colegio profesional correspondiente, como lo establece la Ley 2/2007. Además, cualquier modificación de los estatutos que afecte el objeto social, la composición de los órganos de administración o los derechos de los socios requiere ser debidamente inscrita.
Actuación profesional regulada
Los profesionales que integren la SLP deben regirse por el régimen deontológico que regula su actividad en cada sector. El incumplimiento de las normas jurídicas o la mala praxis puede dar lugar a la disolución de la sociedad o la exigencia de responsabilidades personales.
Pasos para crear una Sociedad Limitada Profesional
Los trámites para constituir una SLP requieren de un enfoque meticuloso para asegurar el cumplimiento de las normativas vigentes y evitar posibles sanciones o problemas legales en el futuro:
- Redacción de los estatutos de la sociedad: Estos deben especificar el objeto social, garantizando que se limita exclusivamente a actividades profesionales.
- Elección de la denominación social: Es imprescindible incluir el sufijo «S.L.P.» y verificar la disponibilidad de la denominación en el Registro Mercantil.
- Capital social: En este tipo de sociedades, no existen requisitos adicionales de capital más allá de los obligatorios para cualquier Sociedad Limitada.
- Inscripción en el Registro Mercantil: Se debe inscribir tanto en el Registro Mercantil como en el correspondiente Registro de Colegios Profesionales, aportando toda la documentación requerida.
- Obtención del CIF: Tramitar el Código de Identificación Fiscal es esencial para iniciar la actividad económica de la sociedad.
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