SICAV

Las SICAV o Sociedades de Inversión de Capital Variable son un vehículo de inversión que combina características propias de las sociedades anónimas con las ventajas de los fondos de inversión. En España, estas entidades tienen una larga trayectoria, ya que fueron creadas en 1983 como una herramienta destinada a fomentar la inversión nacional y evitar la fuga de capitales. Sin embargo, en los últimos años han estado bajo un intenso escrutinio tanto fiscal como político.

Desde Consultame.net, entendemos que el panorama legal y regulatorio de las SICAV puede generar dudas a la hora de su constitución, funcionamiento y fiscalización. A continuación, analizaremos en profundidad esta figura, su regulación y las novedades legales que afectan su operativa. Si necesitas asesoramiento especializado, puedes contactar con un abogado mercantilista a través de nuestro portal web Consultame.net.

¿Qué es una SICAV y cómo funciona?

Una SICAV es una sociedad anónima cuyo objetivo principal es invertir en diversos activos financieros, como acciones, bonos u otros instrumentos. Al igual que en un fondo de inversión, los recursos que gestiona provienen de los aportes de varios accionistas, quienes obtienen beneficios en función de su participación.

Uno de sus detalles más característicos es que tiene un capital variable. Esto significa que las SICAV pueden emitir o amortizar acciones para ajustarse a las demandas de sus accionistas sin necesidad de realizar modificaciones en sus estatutos. Este modelo flexible les permite adaptarse rápidamente a los movimientos del mercado y a las exigencias de los inversores.

Normativa aplicable y requisitos legales

Las SICAV están reguladas principalmente por la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva, que define las bases para su funcionamiento, supervisión y requisitos. También están sujetas al control de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), la entidad que supervisa los mercados financieros en España. Si deseas consultar el contenido íntegro de la normativa, puedes acceder al texto consolidado de la ley en el Boletín Oficial del Estado.

Requisitos para su constitución

  • Un mínimo de 100 accionistas para garantizar la diversificación del capital.
  • Un capital inicial mínimo de 2,4 millones de euros, el cual debe estar suscrito y desembolsado.
  • Inscripción en el registro de la CNMV y aprobación de los estatutos.

Asimismo, las SICAV deben cumplir con las condiciones generales que impone la Ley de Sociedades de Capital, excepto en aquellos aspectos en los que la Ley 35/2003 establece especificidades.

Fiscalidad de las SICAV

Uno de los elementos que ha generado mayor interés, y a la vez controvertido, respecto a las SICAV es su fiscalidad. Estas sociedades tributan al 1% en el Impuesto de Sociedades, lo que representa una ventaja considerable frente al 25% o más aplicado a otras entidades mercantiles. No obstante, este tipo impositivo reducido se aplica siempre que la sociedad cumpla con los requisitos legales, incluidos los de la mencionada Ley 35/2003.

En cuanto a los accionistas, están sujetos a tributar por las ganancias patrimoniales generadas cuando venden sus acciones. Estas tributaciones oscilan entre el 19% y el 23%, según los tramos establecidos en la base imponible del ahorro. Cabe destacar que mientras el accionista no venda, no se genera la obligación tributaria, lo que permite una óptima planificación fiscal.

Tipos de SICAV: Abiertas y cerradas

Existen dos tipos principales de SICAV:

  • SICAV abiertas: Permiten la entrada de nuevos accionistas. Este modelo es el más común gracias a su facilidad para captar nuevos inversores.
  • SICAV cerradas: Limitan la incorporación de nuevos accionistas y suelen estar restringidas a un grupo exclusivo, como familiares o inversores institucionales.

Ambos modelos tienen cabida en el Mercado Alternativo Bursátil (MAB). Sin embargo, deben cumplir con la normativa y requisitos establecidos para operar en dicho mercado.

Gestión de la SICAV

Una SICAV cuenta con un Consejo de Administración encargado de la gestión y representación de la sociedad. Este órgano toma las decisiones estratégicas, desde la diversificación de las inversiones hasta el reparto de beneficios. La figura de este consejo resulta esencial para garantizar la transparencia y la eficiencia en la gestión de los bienes de los accionistas.

Adicionalmente, a diferencia de los fondos de inversión, las SICAV permiten a los accionistas influir más directamente en las decisiones clave, al asistir a juntas generales y participar en los acuerdos según lo dispuesto en los estatutos.

¿Qué futuro tienen las SICAV en España?

En los últimos años, las SICAV han enfrentado diversos retos normativos. La demanda de un control más estricto por parte de las autoridades ha llevado a modificaciones legales, como la reforma incluida en la Ley 11/2021, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal. Esta estableció criterios más restrictivos para considerar válida la figura de los 100 accionistas mínimos. Además, el entorno político actual sigue presionando para revisar su régimen fiscal.

Por tanto, aunque las SICAV siguen siendo una herramienta eficaz para la gestión patrimonial, es imprescindible mantenerse al corriente de los cambios legislativos que puedan impactar su utilización. Si estás considerando constituir una SICAV o ya formas parte de una, consulta con expertos legales para garantizar la correcta adecuación de tu sociedad al marco normativo vigente. En Consultame.net, nuestros abogados especializados en derecho mercantil pueden ayudarte a resolver cualquier duda o gestionar los trámites necesarios.

Artículos relacionados