¿Cuáles son los requisitos para ser pareja de hecho en Cataluña?

En Cataluña, las parejas que desean formalizar su convivencia como una unión reconocida legalmente pueden optar por constituirse como pareja de hecho o pareja estable. Este marco legal proporciona ciertos derechos y deberes que se asemejan, en algunos casos, a los del matrimonio, y es una opción cada vez más frecuente para aquellos que, sin casarse, desean oficializar su relación. ¿Te preguntas cuáles son los requisitos para ser pareja de hecho en Cataluña? En este artículo, te explicamos todo lo que necesitas saber sobre el proceso, los requisitos y los procedimientos. Además, si necesitas ayuda legal, en Consultame.net, puedes contactar con abogados especializados en este tema. ¡Sigue leyendo!

¿Qué dice la normativa sobre las parejas de hecho en Cataluña?

El concepto de pareja estable en Cataluña está regulado por el Libro Segundo del Código Civil de Cataluña, específicamente en el artículo 234-1 y siguientes. Según esta normativa, no es obligatorio inscribirse en un registro para ser considerado pareja de hecho, ya que la ley reconoce esta figura jurídica siempre que se cumplan ciertos supuestos de convivencia. Este sistema, único en comparación con el de otras comunidades autónomas, es de carácter más flexible y no constitutivo. Es decir, la pareja existe desde el momento en que se cumplen ciertos requisitos, con independencia de que se inscriba o no en el registro.

Supuestos que confirman la relación como pareja de hecho

En lugar de requerir una inscripción, la normativa de Cataluña establece que una pareja se considera estable si se cumple alguna de las siguientes situaciones:

  • Convivencia ininterrumpida durante más de 2 años: Si los miembros de la pareja han compartido la misma residencia de forma continuada durante al menos dos años.
  • Tener un hijo en común: Haber tenido descendencia durante el tiempo de convivencia.
  • Formalización mediante escritura pública: La pareja puede oficializar su relación ante un notario mediante escritura pública.

Es importante destacar que, aunque no es obligatorio, muchas parejas optan por inscribirse como pareja de hecho para facilitar la acreditación de su relación frente a terceros, especialmente en temas administrativos o legales.

Requisitos para inscribirse como pareja de hecho en Cataluña

Aunque no es necesario inscribirse para que la pareja sea reconocida, sí existe un registro administrativo al que aquellas parejas interesadas pueden acudir de forma voluntaria. A continuación, te detallamos los requisitos que deben cumplir para inscribirse en el Registro de Parejas Estables de Cataluña:

  • Edad mínima: Ambos miembros deben ser mayores de edad o menores emancipados.
  • Ausencia de vínculos de parentesco cercanos: No deben estar unidos en línea recta (como padre-hija) o en línea colateral dentro del segundo grado (como hermanos).
  • No estar casado: Si alguno de los miembros de la pareja está casado, debe, como mínimo, estar separado de hecho.
  • No convivir con otra pareja: Ninguno de los miembros de la pareja puede estar cohabitando en una relación similar con una tercera persona.
  • Residencia o vecindad civil: Deben acreditar una de las siguientes situaciones:
    • Estar empadronados en el mismo domicilio en Cataluña, independientemente de la nacionalidad de ambos.
    • Formalizar su relación mediante escritura pública o acta de notoriedad.
    • Acreditar convivencia fuera de Cataluña (si no están empadronados), siempre que ambos tengan vecindad civil catalana.

¿Cómo y dónde realizar la inscripción?

El trámite de inscripción como pareja de hecho puede realizarse en las oficinas del Ayuntamiento de la localidad donde residáis o en el Registro de Parejas Estables de Cataluña. Asimismo, en la formalización mediante escritura pública, será necesario acudir a un notario, quien se encargará de acreditar la relación. Es recomendable hacer uso de los canales oficiales y asegurarte de contar con toda la documentación exigida.

Documentación necesaria para formalizar una pareja de hecho

Los documentos requeridos pueden variar ligeramente según el organismo al que te dirijas. No obstante, los más habituales son:

  • DNI, NIE o pasaporte: Una copia del documento de identidad en vigor de ambos miembros.
  • Certificado de empadronamiento: Deberá acreditar que ambos miembros residen en el mismo domicilio.
  • Declaración responsable: En esta se incluye el reconocimiento de no estar casado, no convivir con otra pareja y no tener impedimentos legales para constituir la unión.
  • Acta de notoriedad o escritura pública: En los casos en los que se haya formalizado a través de notario.
  • Otros documentos específicos solicitados según tu Ayuntamiento o el notario.

En cualquier caso, es aconsejable consultar previamente con el organismo competente para garantizar que tienes todos los documentos necesarios antes de iniciar el trámite.

Ahora que ya conoces cuáles son los requisitos para ser pareja de hecho en Cataluña, es importante valorar su repercusión en aspectos como la herencia, las pensiones o los derechos familiares. Si tienes dudas específicas sobre tu caso, no dudes en buscar asesoramiento profesional. En Consultame.net, contamos con abogados especializados en derecho de familia que pueden orientarte y ayudarte en este proceso.

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