Reglamento General de Protección de Datos (RGPD)

El Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), también conocido como Reglamento (UE) 2016/679, representa la normativa europea destinada a regular la protección de los datos personales de las personas físicas, garantizando sus derechos y el control sobre su información. Desde su entrada en vigor el 25 de mayo de 2018, este reglamento ha supuesto un cambio significativo en cómo se gestionan los datos, imponiendo normas estrictas para empresas y organismos públicos, tanto dentro como fuera del ámbito de la Unión Europea (UE).

¿A quién se aplica el Reglamento General de Protección de Datos?

El ámbito de aplicación del RGPD abarca tanto a empresas y organismos establecidos en la Unión Europea como a aquellos situados fuera de ella, siempre y cuando traten datos de residentes en la UE con fines comerciales o realicen seguimiento del comportamiento en línea de personas físicas en territorio europeo. Esto incluye desde pequeñas empresas locales hasta grandes corporaciones con sede en otros continentes, que deben cumplir con la normativa si sus actividades implican la recogida, el tratamiento o la transferencia de datos personales.

Es importante destacar que en el caso de los responsables del tratamiento establecidos fuera del territorio comunitario, deben designar un representante en la UE, conforme a lo indicado en el artículo 27 del RGPD, para facilitar la colaboración con las autoridades y garantizar que se cumplen las disposiciones legales.

Principios fundamentales del RGPD

El RGPD establece una serie de principios que orientan el tratamiento de los datos personales. Estos principios, recogidos en su artículo 5, garantizan que las actividades relacionadas con los datos respeten plenamente los derechos de los interesados. Entre los principios más destacados se encuentran:

  • Licitud, lealtad y transparencia: El tratamiento de datos debe ser transparente para el interesado, respetando la legalidad y la buena fe.
  • Limitación de la finalidad: Los datos solo deben recabarse y ser utilizados para fines específicos, explícitos y legítimos.
  • Minimización de datos: Únicamente se deben tratar los datos necesarios en relación al propósito perseguido.
  • Exactitud: Los datos deben mantenerse actualizados, corrigiéndose o eliminándose cualquier información inexacta.
  • Limitación del plazo de conservación: Los datos no deben conservarse más tiempo del necesario para las finalidades perseguidas.
  • Integridad y confidencialidad: Los datos deben ser tratados de forma que se garantice su seguridad, integridad y confidencialidad.

La base legal para el tratamiento de datos

El RGPD establece en su artículo 6 las bases jurídicas que legitiman el tratamiento de datos personales. Estas incluyen el consentimiento del interesado, la ejecución de un contrato, el cumplimiento de una obligación legal, la protección de intereses vitales, el interés público o el interés legítimo del responsable del tratamiento. Cabe resaltar que el consentimiento debe ser explícito, informado, verificable y revocable en cualquier momento por el interesado.

Por ejemplo, en situaciones donde los datos tratados sean considerados sensibles, como aquellos relativos a la salud, opiniones políticas o creencias religiosas, resulta fundamental obtener el consentimiento expreso del titular. Además, estos datos están sujetos a medidas de protección adicionales reguladas en el artículo 9 del RGPD.

Los derechos de los interesados en el RGPD

Uno de los aspectos clave del RGPD es la implementación de derechos específicos para los ciudadanos de la UE, otorgándoles mayor control sobre sus datos personales. Estos derechos, recogidos entre los artículos 12 y 22 del reglamento, incluyen:

Derecho de acceso

El interesado tiene derecho a obtener del responsable del tratamiento información clara, transparente y de fácil acceso sobre si sus datos personales están siendo tratados y, en su caso, acceder a ellos.

Derecho de rectificación

Permite a los interesados corregir aquellos datos personales que sean inexactos o incompletos, garantizando así la integridad de la información.

Derecho de supresión

Conocido también como «derecho al olvido», este derecho permite solicitar la eliminación de los datos personales cuando ya no sean necesarios, el titular haya retirado el consentimiento o el tratamiento sea ilícito.

Derecho a la portabilidad

Este derecho otorga a los interesados la posibilidad de recibir sus datos personales en un formato estructurado, siempre que el tratamiento se base en su consentimiento o en un contrato.

Derecho a la limitación del tratamiento

El interesado puede solicitar que sus datos solo sean tratados bajo ciertas condiciones específicas, por ejemplo, cuando se impugne su exactitud.

Derecho de oposición

Permite al interesado oponerse al tratamiento de sus datos personales en determinados casos, como cuando estos se utilicen con fines de marketing directo.

Obligaciones de los responsables del tratamiento

El RGPD impone diversas obligaciones a los responsables y encargados del tratamiento de datos. Estas responsabilidades incluyen la implementación de medidas técnicas y organizativas para garantizar un nivel de seguridad adecuado, según lo establecido en su artículo 32. Además, introduce conceptos como la “privacidad desde el diseño y por defecto”, que obliga a las organizaciones a integrar medidas de protección desde el inicio de cada proceso.

Otro punto importante es la obligación de notificación ante brechas de seguridad. De acuerdo con el artículo 33 del RGPD, en caso de producirse una violación de los datos personales, el responsable del tratamiento debe informar a la autoridad de control en un plazo máximo de 72 horas. En España, esta tarea recae en la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).

El papel del Delegado de Protección de Datos (DPO)

El Delegado de Protección de Datos, regulado en los artículos 37 a 39 del RGPD, es una figura esencial para garantizar el cumplimiento de la normativa en determinadas organizaciones. Este encargado debe supervisar el cumplimiento de las leyes sobre protección de datos, asesorar a la organización y actuar como punto de contacto con las autoridades.

El nombramiento de un DPO es obligatorio en entidades públicas y en aquellas cuya actividad principal implique tratamientos de alta criticidad, como el manejo de datos sensibles o la observación sistemática de personas a gran escala.

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