¿Qué derechos tiene la pareja de hecho?

La figura de la pareja de hecho en España ha adquirido una mayor relevancia en los últimos años, constituyendo una alternativa al matrimonio que implica ciertos derechos y obligaciones legales para ambos miembros. Sin embargo, estos derechos no siempre se equiparan con los que derivan del matrimonio, ya que están sujetos a la normativa de la comunidad autónoma correspondiente y otros requisitos. Si estás pensando en formalizar tu relación como pareja de hecho o necesitas información sobre tus derechos legales en esta situación, sigue leyendo para conocer los aspectos más relevantes a tener en cuenta.

¿Qué es una pareja de hecho según la legislación española?

La pareja de hecho se considera en términos legales como una relación estable entre dos personas que conviven de manera pública, notoria y continuada con un propósito de vida en común. A diferencia del matrimonio, la regulación de las parejas de hecho en España no está unificada a nivel estatal, sino que depende de las normativas autonómicas. Como ejemplo, algunas comunidades autónomas exigen un registro en un órgano oficial para reconocer esta unión, mientras que en otras basta con demostrar la convivencia mediante otros medios legales, como un contrato legalizado ante notario.

¿Qué derechos tiene la pareja de hecho en España?

A pesar de no alcanzar una completa equiparación con los derechos legales de los matrimonios, las parejas de hecho pueden beneficiarse de ciertos derechos en ámbitos como la pensión de viudedad, herencias o adopciones. A continuación, realizamos un análisis más detallado de los derechos más importantes:

Pensión de viudedad

Uno de los beneficios más destacados es el acceso a la pensión de viudedad, siempre que se cumplan ciertos requisitos. Según lo estipulado en la Ley General de la Seguridad Social (artículo 221), es necesario acreditar una convivencia mínima de cinco años previa al fallecimiento y haber formalizado la unión mediante un registro oficial. Además, se requiere demostrar que los ingresos del superviviente no superan determinados límites establecidos por la normativa.

Puedes leer los detalles de esta normativa aquí.

Herencias

A diferencia de los matrimonios, los miembros de una pareja de hecho no se consideran herederos forzosos ante la ley (artículo 807 del Código Civil). Esto significa que, en caso de fallecimiento de uno de los miembros, el otro no tiene derechos hereditarios automáticos salvo que exista un testamento en el que se haya especificado dicha voluntad. Por ello, es fundamental la redacción de un testamento en el que se refleje claramente la voluntad del testador para proteger los derechos del miembro de la pareja.

Pensión compensatoria

En caso de separación, no existe un derecho automático a recibir una pensión compensatoria. Sin embargo, es posible pactar condiciones específicas sobre el reparto económico si ambos miembros lo establecen mediante escritura pública en el momento de formalizar la unión como pareja de hecho. Esto queda regulado a través de la libertad contractual y se rige bajo el Código Civil y las leyes autonómicas aplicables.

Derechos sobre los hijos

Los derechos y obligaciones parentales de las parejas de hecho en relación con los hijos no varían respecto a los matrimonios. Así lo establece el Artículo 68 del Código Civil. Esto incluye aspectos fundamentales como la custodia, la patria potestad y la pensión de alimentos para los hijos menores en caso de separación, independientemente del estado civil de los progenitores.

Beneficios laborales

Las parejas de hecho tienen reconocidos los mismos derechos que los matrimonios en el ámbito laboral, en su mayoría regulados por los convenios colectivos. Esto incluye permisos como los 15 días de permiso laboral tras formalizar la unión, permisos para el cuidado de familiares y excedencias por cuidado de familiares que lo requieran.

Adopción

En términos legales, las parejas de hecho tienen derecho a adoptar en igualdad de condiciones que los matrimonios. No obstante, la realidad puede plantear obstáculos, especialmente en adopciones internacionales, donde algunas legislaciones extranjeras no reconocen o limitan el acceso a la adopción para parejas no casadas.

¿Cómo formar una pareja de hecho y asegurar derechos legales?

Para registrar una pareja de hecho y garantizar tus derechos legales, es fundamental seguir los pasos establecidos en tu comunidad autónoma. Generalmente, se deberán cumplir los siguientes requisitos:

  • Residir en la comunidad autónoma donde se va a formalizar la unión.
  • Acreditar la convivencia mediante empadronamiento conjunto o pruebas equivalentes.
  • Registrar oficialmente la unión en el Registro Autonómico de Parejas de Hecho o mediante escritura pública ante notario, si se da esta opción.
  • No estar casados ni ser pareja de hecho de otra persona.

Además, te recomendamos encarecidamente contar con el asesoramiento de un abogado especialista para que te oriente en aspectos clave como la redacción de documentos legales, acuerdos patrimoniales, testamentos o contratos específicos.

Si necesitas más información acerca de los derechos de las parejas de hecho o quieres recibir asesoramiento personalizado, en Consultame.net contamos con una amplia red de abogados especializados en derecho de familia que podrán ayudarte a comprender y proteger tus derechos en función de tu situación específica y lugar de residencia. No dudes en contactar con nosotros para garantizar que tomas las medidas necesarias para proteger tu futuro y el de tu pareja.

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