En España, muchas personas se enfrentan a situaciones complicadas cuando reciben comunicaciones de empresas de recobros. Una de las dudas más frecuentes es si estas entidades tienen la potestad de llevar a cabo un embargo directamente. Saber cómo funciona el procedimiento legal es fundamental para los deudores. En este artículo, como expertos jurídicos en Consultame.net, aclararemos esta cuestión y te explicaremos todo lo que debes saber para proteger tus derechos frente a este tipo de situaciones.
¿Qué es una empresa de recobros y cuál es su función?
Las empresas de recobros son entidades cuya finalidad principal es gestionar impagos, actuando como intermediarios entre el acreedor (quien tiene derecho a cobrar una deuda) y el deudor (quien debe la cantidad). Estas compañías no tienen autoridad legal para embargar bienes por su cuenta, ya que no son organismos oficiales ni cuentan con competencias judiciales.
El trabajo de estas empresas se centra mayoritariamente en contactar al deudor a través de llamadas telefónicas, cartas o correos electrónicos, con el objetivo de recuperar el dinero adeudado para el acreedor. Sin embargo, sus acciones están limitadas por la ley y cualquier práctica abusiva podría ser denunciada.
¿Puede una empresa de recobros embargar bienes?
No, una empresa de recobros no puede embargar bienes directamente. Para que se lleve a cabo un embargo, es necesario que se inicie un procedimiento judicial que dé pie a una resolución por parte de un juzgado. Esto quiere decir que la solicitud de embargo debe ser gestionada a través de una demanda interpuesta ante el juzgado competente.
En caso de que el juez falle a favor del acreedor, se procederá a ejecutar ese fallo mediante el embargo de bienes del deudor, siempre que existan activos que puedan cubrir la deuda. Es importante resaltar que solo las autoridades competentes, como los órganos judiciales o la Administración Pública en ciertos casos, pueden ordenar el embargo.
Marco normativo de los embargos
El procedimiento de embargo está regulado principalmente en la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil (LEC). Los pasos a seguir se encuentran establecidos en esta normativa, concretamente desde el artículo 584, que establece los requisitos necesarios para iniciar una ejecución forzosa, hasta los artículos 588 y 595, donde se regula el proceso de embargo de bienes.
Además, si el embargo proviene de deudas tributarias, será aplicable la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en cuyo artículo 169 se desarrollan los requisitos y procedimientos específicos para este tipo de embargos.
¿Qué pasos pueden llevar a cabo las empresas de recobros si no pueden embargar directamente?
Aunque las empresas de recobros no tienen la capacidad de embargar por sí mismas, suelen actuar como intermediarios para que el acreedor pueda recuperar el dinero. Estos son los pasos generales que pueden seguir:
1. Reclamaciones extrajudiciales
La primera acción habitual es intentar llegar a un acuerdo amistoso con el deudor. Esto incluye llamadas, correos electrónicos y cartas con el objetivo de saldar la deuda sin necesidad de recurrir a los tribunales.
2. Derivar la deuda a un procedimiento judicial
Si no se consigue recuperar la deuda mediante la vía extrajudicial, la empresa de recobros puede instar al acreedor a interponer una demanda judicial. En este caso, será el juzgado competente quien, tras evaluar el caso, pueda ordenar el embargo de bienes en caso de obtener una resolución favorable.
3. Negociación durante el procedimiento judicial
En muchas ocasiones, incluso iniciándose el procedimiento judicial, se pueden llevar a cabo negociaciones para evitar el embargo. Acuerdos de refinanciación o quitas parciales de deuda son alternativas que se pueden pactar entre las partes para evitar mayores conflictos.
Recomendaciones para los deudores ante una empresa de recobros
Afrontar las reclamaciones de una empresa de recobros puede ser una situación estresante, pero es fundamental mantener la calma y actuar de manera informada. Aquí algunas recomendaciones clave:
1. Solicita toda la información sobre la deuda
Antes de realizar cualquier tipo de pago o acuerdo, es esencial que revises la documentación para asegurarte de que la deuda es legítima. Pide una copia del contrato original que dio lugar a la deuda, el estado actual de la misma y el desglose de los intereses aplicados.
2. Nunca ignores las comunicaciones
Si bien puede ser incómodo atender las llamadas o correos de una empresa de recobros, ignorarlos solo empeorará la situación. La transparencia y la honestidad al explicar tu situación financiera pueden ayudar a buscar soluciones.
3. Consulta con un abogado especializado
En caso de dudas o si te encuentras ante posibles abusos o prácticas ilegales, es importante consultar con un abogado especializado. En Consultame.net, ofrecemos la posibilidad de contactar con expertos en derecho que podrán asesorarte sobre cómo proceder y proteger tus derechos.
Recuerda que, aunque las empresas de recobros no pueden embargar directamente, tienen recursos para actuar legalmente a través de los tribunales. Mantén siempre tus derechos protegidos y busca asistencia profesional cuando sea necesario.