Procurador

El procurador es una figura jurídica indispensable en los procedimientos judiciales de España. Se trata de un profesional titulado en Derecho, habilitado y colegiado, cuya función principal es representar a las partes ante los tribunales y garantizar que los procedimientos se lleven a cabo de manera adecuada. Aunque muchas veces puede confundirse con el papel del abogado, el procurador tiene competencias y atribuciones completamente diferentes que resultan esenciales en el sistema judicial español.

¿Qué es un procurador y cuál es su función jurídica?

El procurador no solo actúa como representante técnico de su cliente, sino que también se encarga de ser el intermediario entre las partes y el órgano jurisdiccional. Este rol se concreta mediante el otorgamiento de un poder de representación, que puede formalizarse a través de una escritura notarial o mediante comparecencia apud acta en los juzgados.

Entre sus funciones destacadas se encuentra la recepción y tramitación eficiente de notificaciones, así como la facilitación y agilización de los procedimientos administrativos y judiciales. Además, el procurador contribuye a garantizar la fluidez en la comunicación entre los juzgados y su cliente.

¿Cuándo es obligatorio el nombramiento de un procurador?

En España, la legislación establece que la obligatoriedad de contar con un procurador está regulada por la Ley de Enjuiciamiento Civil. Según esta norma, es necesario recurrir a un procurador en procedimientos judiciales del ámbito civil y contencioso-administrativo que se tramiten ante órganos colegiados y en ciertos procesos de naturaleza penal.

No obstante, hay excepciones en las que no es obligatorio designar un procurador. Por ejemplo, en juicios verbales cuya cuantía no exceda los 2.000 euros, en actos de conciliación o en determinadas solicitudes urgentes previas al inicio de un procedimiento judicial. Esto supone una medida de accesibilidad para afrontar casos de menor complejidad o cuantía económica.

Otorgamiento de poder al procurador

El poder otorgado al procurador es indispensable para que pueda actuar en nombre de su representado. Este trámite puede realizarse de dos formas principales:

  1. Ante notario: Mediante una escritura pública, el cliente otorga poder al procurador para representarlo en el procedimiento correspondiente.
  2. Apud acta: Compareciendo ante un letrado de la administración de justicia o electrónicamente a través de la sede judicial correspondiente, donde se registra el apoderamiento directo.

La modalidad elegida dependerá de las circunstancias del caso y de las preferencias del cliente, aunque ambas son equivalentes en términos de validez jurídica según lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Obligaciones y responsabilidades del procurador

La actividad de un procurador no solo se circunscribe a la representación de su cliente, sino que conlleva una serie de obligaciones legales establecidas en el artículo 26 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Entre las principales responsabilidades se encuentran:

  • Representar siempre los intereses del cliente, colaborando estrechamente con su abogado para garantizar una defensa eficaz.
  • Transmitir al abogado del cliente todas las notificaciones judiciales que sean relevantes para el caso.
  • Mantener informado al cliente y a su abogado respecto de los avances y resoluciones emitidas por el tribunal.
  • Gestionar y tramitar el pago de gastos relacionados con el procedimiento judicial, siempre que el cliente haya efectuado la provisión de fondos correspondiente.
  • Actuar como intermediario en las comunicaciones entre las partes en el juicio, asegurando que estas se desarrollen con celeridad y eficacia.

Cesación del mandato del procurador

El mandato otorgado al procurador puede finalizar por una serie de razones, tal como se detalla en el artículo 30 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Entre las causas se incluyen:

  1. Revocación expresa del poderdante, que puede otorgar poder a otro procurador en cualquier momento.
  2. Renuncia del procurador, quien deberá comunicarlo al cliente y al tribunal para formalizar su dimisión.
  3. Concluido el procedimiento judicial, cesa automáticamente la representación.
  4. Fallecimiento del cliente o del procurador, salvo que el asunto judicial lo requiera con urgencia.

Es importante destacar que mientras no se materialice la sustitución o renuncia formal, el procurador tiene la obligación de seguir desempeñando sus funciones.

Requisitos para ejercer como procurador

Además de contar con un título universitario en Derecho, los procuradores deben superar una formación especializada para obtener la habilitación requerida. Según las disposiciones legales, a partir de 2012 es obligatorio cursar un máster en práctica jurídica y superar una prueba de aptitud específica para poder inscribirse en el colegio profesional correspondiente.

La colegiación es imprescindible para el ejercicio de la profesión. Los procuradores deben estar inscritos en el Consejo General de Procuradores de España o en los Colegios oficiales que correspondan al área jurisdiccional en la que ejerzan.

Diferencias entre abogado y procurador

Uno de los errores comunes al consultar sobre procedimientos legales es confundir el rol del procurador con el del abogado, pese a que sus funciones son complementarias pero diferentes. Estas son algunas distinciones importantes:

Función principal

El abogado es responsable de la defensa y asesoramiento legal de su cliente, mientras que el procurador actúa como representante procesal, realizando intercambios entre el cliente y los tribunales.

Incompatibilidad profesional

La Ley establece que ambas profesiones son incompatibles, ya que un mismo profesional no puede actuar como abogado defensor y procurador del mismo cliente en un caso concreto, según lo indicado en el artículo 23.3 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Honorarios

Los honorarios de los procuradores están regulados por aranceles establecidos, aportando transparencia en los costos de representación, mientras que los de los abogados son acordados libremente entre cliente y profesional.

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