El preconcurso de acreedores es uno de los mecanismos legales más relevantes dentro del ordenamiento jurídico español en materia de insolvencia. Se encuentra regulado por los artículos 583 a 630 del Texto Refundido de la Ley Concursal, recogida en el Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo. Este procedimiento otorga a las empresas en situación de insolvencia actual o inminente un plazo para intentar acuerdos con los acreedores que les permitan evitar el inicio del concurso de acreedores.
En este artículo, desde Consultame.net, aclararemos qué es el preconcurso de acreedores, cuáles son sus características más importantes, y qué beneficios y limitaciones ofrece para las empresas que se encuentran en dificultades financieras. Si necesitas asesoramiento en un caso específico, contamos con abogados especializados en derecho concursal que pueden ayudarte.
- Fase previa al concurso de acreedores: El preconcurso es una etapa para negociar acuerdos con acreedores antes de iniciar un proceso concursal formal.
- Evitar la liquidación: Busca soluciones para evitar la quiebra empresarial, como la refinanciación, reestructuración o convenios anticipados.
- Suspensión de ejecuciones: Durante el preconcurso, se paralizan temporalmente las reclamaciones judiciales de los acreedores.
- Plazo limitado: El preconcurso tiene un plazo máximo de cuatro meses para llegar a un acuerdo o presentar el concurso.
- Notificación al juzgado: Es necesario informar al juzgado competente sobre el inicio del preconcurso para activar sus efectos legales.
- Confidencialidad: Este proceso tiene carácter reservado, lo que protege la imagen de la empresa ante clientes y proveedores.
¿Qué es el preconcurso de acreedores?
El preconcurso de acreedores es una herramienta jurídica de carácter voluntario a la que las empresas pueden recurrir cuando se enfrentan a problemas de insolvencia. Este mecanismo, en términos simples, permite a la empresa notificar su situación ante el juzgado competente y ganar un período de tiempo para intentar renegociar sus deudas o alcanzar acuerdos de refinanciación con sus acreedores, sin que se declare todavía el concurso de acreedores.
De acuerdo con el artículo 583 de la Ley Concursal, pueden acogerse al preconcurso tanto personas físicas como jurídicas que se encuentren en situación de insolvencia actual o prevean que no podrán cumplir regularmente con sus obligaciones de pago en el futuro.
Plazos del preconcurso de acreedores
El procedimiento de preconcurso otorga un plazo total de hasta cuatro meses para alcanzar un acuerdo. Durante los tres primeros meses, la empresa negociará con sus acreedores en busca de consensos, ya sea mediante la presentación de propuestas anticipadas de convenio o acuerdos de refinanciación. Si el resultado de estas negociaciones no es satisfactorio, el deudor dispone de un mes adicional para solicitar el concurso de acreedores formal ante el juzgado.
Durante este periodo, la empresa mantiene el control de su actividad y se evita que los acreedores puedan ejecutar determinados bienes esenciales para su operativa cotidiana, siempre y cuando se cumplan los requisitos establecidos en la ley.
Suspensión de ejecuciones y vencimientos
Una de las ventajas más significativas del preconcurso es que, desde la comunicación al juzgado y durante el periodo preconcursal, se suspende la ejecución de ciertos subsidios y el vencimiento anticipado de algunas deudas, tal y como lo establece el artículo 586 de la Ley Concursal. Ello supone una protección para la empresa al impedir que, en este tiempo, se vean embargados bienes esenciales para su funcionamiento.
Acciones permitidas durante el preconcurso
Durante la etapa preconcursal, el deudor puede negociar con los acreedores y alcanzar distintos tipos de acuerdos, los cuales pueden incluir:
- Acuerdos colectivos de refinanciación: Negociaciones con un grupo mayoritario de acreedores, que serán vinculantes para todos ellos si se cumplen los requisitos y mayorías exigidos en la ley.
- Acuerdos individuales: Consensos particulares alcanzados con uno o varios acreedores, siempre que respeten los límites legales.
- Reestructuraciones voluntarias: Medidas negociadas para modificar los términos de la deuda, incluyendo su quita, capitalización o aplazamiento.
Es importante presentar toda la documentación acreditativa de los acuerdos alcanzados ante el juzgado dentro del plazo preestablecido, ya que el incumplimiento de esta diligencia podría dar lugar a consecuencias legales.
Homologación judicial
Cuando el acuerdo alcanzado sea con un grupo colectivo de acreedores, el mismo puede ser homologado judicialmente. Dicha homologación, regulada en los artículos 595 y 619 de la Ley Concursal, protege al deudor frente a reclamaciones de los acreedores minoritarios y refuerza la seguridad jurídica de los pactos alcanzados.
¿Qué ocurre si no se alcanza un acuerdo?
En caso de que las negociaciones no logren resultados satisfactorios dentro del plazo otorgado por la ley, el deudor está obligado a solicitar la declaración de concurso de acreedores en el mes posterior al vencimiento del período preconcursal. No hacerlo podría implicar sanciones y responsabilidades para los administradores de la empresa.
En esta etapa, un administrador concursal será designado judicialmente y comenzará el procedimiento formal de concurso, que puede resultar en la liquidación de los bienes de la compañía o en la ejecución de un convenio que asegure la viabilidad de la empresa.
Proteger tu empresa empieza hoy. Aprovecha el plazo del preconcurso para negociar con acreedores y evitar el concurso formal. Nuestros abogados en derecho concursal están aquí para ayudarte.
Una figura innovadora: el «pre-pack concursal»
El denominado «pre-pack concursal» es una figura que, aunque no está regulada de manera explícita en la legislación española, ha ganado relevancia en los últimos años a partir de la implementación de la Directiva (UE) 2019/1023. Este recurso permite a una empresa negociar previamente condiciones de venta de unidades productivas antes del inicio del concurso formal, con el fin de conservar su valor.
El juzgado competente puede designar a un experto independiente para supervisar el proceso y, si la situación evoluciona a concurso, tal experto puede asumir el rol de administrador concursal. Así, el tiempo juega a favor de la empresa, evitando pérdidas de valor por demora en la liquidación.
El preconcurso de acreedores, al igual que estas herramientas innovadoras, representa una oportunidad valiosa para que las empresas reestructuren su deuda y eviten consecuencias más severas asociadas con el concurso formal. Si estás enfrentándote a esta situación, no lo dudes: el asesoramiento de un abogado especialista en derecho concursal, como los que puedes encontrar en Consultame.net, es esencial para explorar todas las soluciones posibles.