En el ámbito jurídico español, el término nasciturus se utiliza para hacer referencia al concebido que aún no ha nacido. Según el artículo 29 del Código Civil español, «el nacimiento determina la personalidad», pero al nasciturus se le reconocen ciertos derechos siempre que estos le resulten favorables y esté supeditado a que nazca con vida.
- Reconocimiento jurídico limitado: El nasciturus posee ciertos derechos, condicionados a su posterior nacimiento con vida.
- Protección en herencias y donaciones: La legislación contempla al nasciturus como beneficiario potencial en cuestiones patrimoniales si llega a nacer.
- Derecho a la vida: En algunos marcos jurídicos, al nasciturus se le otorga protección especial a su existencia prenatal.
- Figuración legal provisional: Se considera sujeto de derechos en casos específicos, aunque no aún como persona jurídica plena.
- Condición de persona futura: El nasciturus tiene derechos «pendientes» sujetos a la condición de que nazca vivo.
- Relevancia en el ámbito civil: Es clave en temas como nombramientos de tutores, derechos sucesorios y protección prenatal.
La perspectiva legal sobre el nasciturus
El término nasciturus proviene del latín y significa literalmente «el que nacerá». Desde una perspectiva estrictamente jurídica, el nasciturus no adquiere personalidad jurídica hasta su nacimiento, como lo establece el artículo 30 del Código Civil. Dicho artículo indica que la personalidad comienza en el momento del nacimiento vivo, una vez el desprendimiento del seno materno sea completo.
No obstante, el derecho español otorga al nasciturus una protección especial, permitiendo que se le considere nacido a los efectos de recibir beneficios que puedan resultarle favorables. Este enfoque ha generado un marco legal particular, ya que, si bien no posee plena capacidad jurídica, se le reconocen derechos potenciales como heredero, receptor de donaciones y como sujeto de otras disposiciones específicas que protejan sus intereses.
Protección de los derechos del nasciturus en la legislación española
El Código Civil prevé diversas situaciones en las que el nasciturus tiene derechos concretos protegidos y gestionados hasta el momento de su nacimiento. Esto ocurre, por ejemplo, en cuestiones de herencia, donaciones o bienes gestionados a nombre del todavía no nacido.
Ejemplos en la normativa
Entre los principales preceptos del Código Civil que se aplican al nasciturus, destacan:
- Derecho a heredar: Los artículos 959, 960 y 966 regulan cuestiones específicas para proteger la participación del nasciturus en las herencias. Por ejemplo, la suspensión de la división de bienes heredados hasta el nacimiento, para garantizar que este reciba su parte con independencia de cuándo nazca.
- Derecho a alimentos: Según el artículo 964, la madre gestante del nasciturus tiene derecho a recibir alimentos de los bienes hereditarios durante el tiempo en que lleve el embarazo. Esto protege tanto su bienestar como el del concebido.
- Donaciones: En virtud del artículo 627, se establece que el nasciturus puede beneficiarse de donaciones realizadas antes de su nacimiento. Estas deberán ser aceptadas por quien legalmente lo representaría si ya hubiera nacido.
Estas normativas no solo les otorgan derechos específicos al concebido, sino que también ponen de manifiesto la especial protección que el ordenamiento jurídico otorga a su situación incluso antes de nacer.
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La jurisprudencia española y el equilibrio de derechos
El concepto de nasciturus está también presente en el ámbito judicial, donde se busca proteger tanto los derechos del concebido como la autonomía de su madre. Este equilibrio queda en evidencia en casos como la Sentencia 11/2023 del Tribunal Constitucional, que aborda los conflictos éticos y jurídicos relacionados con la vida del nasciturus frente a los derechos de la embarazada.
Esta sentencia, que nació a raíz de una intervención médica forzada ante un riesgo vital del feto, ratificó que los derechos del nasciturus pueden prevalecer en contexto de peligro para su vida, pero siempre garantizando los principios de proporcionalidad, debido proceso, y respetando, en la medida de lo posible, los derechos de la gestante.
Casos como este subrayan la importancia de contar con un marco legal claro que permita enfrentar situaciones donde los intereses del nasciturus están en juego, especialmente en temas que involucran decisiones sanitarias, disputas legales o gestiones patrimoniales.
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