La nacionalidad de origen es un tema fundamental dentro del ámbito del derecho de extranjería español. Comprender este concepto y su marco legal puede marcar la diferencia para aquellos que buscan acceder a la nacionalidad española o entender sus derechos y deberes. A lo largo de este artículo, te explicaremos de manera detallada en qué consiste, cómo se adquiere, qué implicaciones tiene y las normativas que lo regulan.
¿Qué es la nacionalidad de origen?
La nacionalidad de origen es aquella que se reconoce automáticamente a una persona en virtud de su nacimiento. Según la legislación española, esta nacionalidad se basa principalmente en el principio del ius sanguinis, es decir, el derecho de sangre. Esto significa que, con independencia del lugar donde nazca, un hijo de padre o madre españoles será considerado español de origen.
Además, en determinados casos, también adquieren la nacionalidad española de origen los nacidos en territorio español, según las circunstancias específicas establecidas por el Código Civil.
Normativa que regula la nacionalidad de origen
La nacionalidad española de origen está regulada por el artículo 17 del Código Civil. Este artículo establece los supuestos específicos bajo los cuales una persona puede ser reconocida como española de origen. Puede consultarse el texto completo en la página oficial del Boletín Oficial del Estado (BOE).
Artículo 17 del Código Civil:
1. Son españoles de origen:
- Los nacidos de padre o madre españoles.
- Los nacidos en España de padres extranjeros si, al menos, uno de ellos hubiera nacido también en España (exceptuando hijos de funcionarios diplomáticos o consulares).
- Los nacidos en España de padres extranjeros si ambos carecen de nacionalidad o si la legislación de ninguno de ellos atribuye al hijo una nacionalidad.
- Los nacidos en España cuya filiación no resulte determinada. En este caso, se presume que los menores cuyo primer lugar de estancia conocido es territorio español han nacido en este país.
Formas de adquirir la nacionalidad española de origen
Existen distintos supuestos contemplados por la legislación para la adquisición de la nacionalidad española de origen. A continuación, describimos los más destacados:
Por ius sanguinis
El criterio de ius sanguinis se aplica cuando al menos uno de los padres tiene la nacionalidad española, independientemente de dónde haya nacido el hijo. Esto significa que un hijo de padre o madre españoles será automáticamente considerado español de origen, incluso si su nacimiento ocurrió fuera del territorio nacional.
Por nacimiento en España
El nacimiento en territorio español también puede ser motivo para adquirir la nacionalidad de origen en dos casos concretos:
- Cuando al menos uno de los progenitores extranjeros haya nacido también en España, salvo que sea funcionario diplomático acreditado en el país.
- Cuando ninguno de los progenitores transmite su nacionalidad al hijo debido a sus respectivas legislaciones nacionales.
Por desconocerse la filiación
Los menores cuyo nacimiento en territorio español sea el único dato conocido (por ejemplo, niños abandonados) también se considerarán españoles de origen. Esto parte del principio de evitar la apatridia.
Casos excepcionales: La Ley de Nietos
La Ley 20/2022 de Memoria Democrática, conocida como la Ley de Nietos, permite que ciertos descendientes de españoles exiliados puedan obtener la nacionalidad española de origen mediante un derecho de opción. Esto aplica a hijos y nietos de españoles que perdieron su nacionalidad a causa de su exilio durante la Guerra Civil o la dictadura.
En este caso, la nacionalidad de origen se adquiere con efectos retroactivos desde el momento del nacimiento.
Derechos y deberes vinculados a la nacionalidad española de origen
Adquirir la nacionalidad de origen no solo establece un vínculo legal con España, sino que también confiere un conjunto de derechos y deberes inherentes. Algunas de las consecuencias más importantes incluyen:
- Derecho de sufragio activo y pasivo (votar y ser elegido en procesos electorales).
- Acceso y derecho a trabajar en España sin restricciones.
- Acceso a servicios públicos como la sanidad, educación y la justicia.
- Posibilidad de opositar y acceder a empleos públicos reservados a nacionales.
- Protección estatal tanto dentro como fuera del territorio nacional.
- El deber de contribuir fiscalmente y, si la ley lo establece, participar en la defensa nacional.
¿Es posible perder la nacionalidad española de origen?
Si bien la Constitución Española garantiza que ningún ciudadano español de origen puede ser privado de su nacionalidad (artículo 11.2 de la Constitución Española), el Código Civil prevé situaciones en las que se puede perder de forma voluntaria o tácita. Entre estas circunstancias se incluye:
- Adquisición voluntaria de otra nacionalidad cuando el individuo reside fuera de España y no existan acuerdos de doble nacionalidad con dicho país.
- Renuncia expresa a la nacionalidad española.
- No declarar formalmente la voluntad de conservar la nacionalidad española tras la mayoría de edad, en el caso de haber nacido y residido en el extranjero.
En casos complejos como la solicitud de la nacionalidad de origen o la resolución de situaciones relacionadas con su pérdida, siempre es recomendable contar con asesoramiento legal profesional. En Consultame.net podrás contactar con abogados especializados en derecho de extranjería que te ayudarán a resolver cualquier duda o gestionar tu caso de manera eficiente y personalizada.