¿Se puede conseguir la nacionalidad en España por pareja de hecho?

España es un país con un marco legal sólido en cuanto a extranjería y nacionalidad. Una de las preguntas más frecuentes que surgen entre las personas que forman parejas de hecho con ciudadanos españoles es si esta unión puede conducir a adquirir la nacionalidad española. Si este es tu caso, en este artículo encontrarás toda la información necesaria, así como aspectos legales clave que debes tener en cuenta. Además, si necesitas asesoría detallada, en Consultame.net puedes contactar con abogados especializados en extranjería e inmigración.

  • No otorga directamente la nacionalidad: Ser pareja de hecho no concede automáticamente la nacionalidad española, pero puede facilitar ciertos trámites de residencia y arraigo en el país.
  • Requisito de convivencia: Es imprescindible demostrar una convivencia prolongada y estable para que la unión como pareja de hecho sea considerada en el proceso migratorio.
  • Certificado de registro: La pareja debe estar inscrita en un registro oficial para que su unión sea legalmente reconocida en España.
  • Acceso al permiso de residencia: La pareja de hecho de un ciudadano español puede obtener un permiso de residencia, lo cual es un paso inicial hacia la nacionalidad.
  • Plazo para solicitar la nacionalidad: Para nacionalidad por residencia siendo pareja de hecho, es necesario esperar 1 año si se está casado o en circunstancias especiales de convivencia.
  • Prueba de vínculo real: Deben aportarse pruebas como cuentas compartidas, hijos en común o seguros conjuntos que avalen la relación real y continua.

¿Se puede conseguir la nacionalidad española por pareja de hecho?

La respuesta corta es no. La legislación española no contempla la posibilidad de obtener la nacionalidad directamente por ser pareja de hecho de un ciudadano español. Este beneficio está reservado únicamente para aquellas personas que contraen matrimonio con un ciudadano español, siempre que se cumplan ciertos requisitos establecidos por la ley española.

La normativa principal que regula este aspecto es el Código Civil español. En concreto, el artículo 22.2 del Código establece que los extranjeros casados con españoles pueden solicitar la nacionalidad por residencia tras un periodo reducido de un año de residencia legal, continuada e inmediatamente anterior a la solicitud. Sin embargo, este beneficio no se extiende a las parejas de hecho.

La diferencia entre matrimonio y pareja de hecho a efectos legales

En España, el matrimonio y la pareja de hecho son figuras legales distintas, y esto tiene implicaciones importantes en el ámbito jurídico. Mientras que el matrimonio otorga ciertos derechos y beneficios reconocidos a nivel estatal, incluidas facilidades para la obtención de la nacionalidad por residencia, la pareja de hecho es una figura regulada mayoritariamente por las comunidades autónomas, y su reconocimiento puede variar dependiendo de dónde residas.

En consecuencia, no importa si eres pareja de hecho registrada de un ciudadano español; desde el punto de vista de la nacionalidad, esta condición no implica una reducción en los plazos de residencia legal requeridos.

¿Qué opciones tiene una pareja de hecho para obtener la nacionalidad española?

A pesar de que la pareja de hecho no concede beneficios explicitos en cuanto a la nacionalidad, existen otras vías legales disponibles. La más común es a través de la solicitud de nacionalidad por residencia. Según el artículo 22.1 del Código Civil, los plazos generales que se aplican para obtener la nacionalidad española son los siguientes:

  • Diez años: para cualquier extranjero que haya residido de forma legal y continuada en España.
  • Cinco años: para refugiados.
  • Dos años: para personas de origen iberoamericano, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o personas de ascendencia sefardí.

En el caso de los extranjeros que estén unidos en pareja de hecho con un ciudadano español, deberán acogerse a la vía general o a los plazos específicos que les correspondan en función de su nacionalidad de origen.

Documentación requerida

Para optar a la nacionalidad por residencia, es imprescindible presentar un expediente completo ante el Ministerio de Justicia de España. Algunos de los documentos básicos incluyen:

  • Certificado de empadronamiento que acredite el tiempo de residencia continuada.
  • Pasaporte completo y en vigor.
  • Tarjeta de residencia legal en vigor.
  • Certificado de antecedentes penales del país de origen y de España.
  • Certificado de matrimonio (solo en caso de que estén casados) o certificado de pareja de hecho.
  • Certificado de nacimiento.
  • Pago de la tasa correspondiente.

Para obtener más información sobre los documentos requeridos y el procedimiento, puedes consultar el portal oficial del Ministerio de Justicia de España.

¿Es recomendable registrar la pareja de hecho si buscas la nacionalidad?

Si bien formalizar una pareja de hecho no otorga acceso directo a la nacionalidad española, es cierto que aporta cierta seguridad jurídica y puede facilitar otros trámites vinculados a la vida en común. Por ejemplo, el acceso a permisos de residencia como familiar de ciudadano de la Unión Europea, derechos sucesorios, beneficios fiscales o acceso a servicios sociales, dependiendo de la comunidad autónoma en la que se formalice.

No obstante, si tu objetivo principal es solicitar la nacionalidad española, casarte con tu pareja española será más beneficioso en términos legales, ya que permite acogerse al plazo reducido de un año de residencia legal.

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