La legislación española protege el derecho al honor, la intimidad personal y familiar, así como la propia imagen. Dentro de esta protección se encuentran los delitos de injurias y calumnias, regulados en el Código Penal Español. A menudo, estas figuras jurídicas se confunden, pero tienen diferencias sustanciales que es fundamental conocer, especialmente en una sociedad cada vez más expuesta a los medios digitales. Desde Consultame.net, te explicamos de manera clara y profesional en qué se distinguen estos dos conceptos legales y cómo puedes actuar si consideras que has sido víctima de alguno de ellos.
¿Qué es el delito de injurias?
El delito de injurias aparece contemplado en el artículo 208 del Código Penal. Según esta normativa, se considera injuria cualquier acción o expresión que atente contra la dignidad de otra persona, menoscabando su fama o atentando contra su propia estimación. La clave para que una injuria tenga relevancia penal es que, por su naturaleza y circunstancias, se considere grave en el contexto social.
Por ejemplo, insultar a una persona en público o a través de medios de comunicación puede constituir una injuria, siempre y cuando la expresión utilizada sea percibida como grave y lesiva en opinión pública. También se incluye en esta categoría la difusión de información que, aun sin imputar delitos, degrade la imagen o reputación de alguien.
Es importante destacar que no todas las ofensas o insultos se consideran injurias penales. Para que se califiquen como delito, deben alcanzar el grado de gravedad exigido por la normativa, considerando el contexto en el que se producen y sus consecuencias sobre la víctima.
Sanción por injurias
El Código Penal establece que las injurias graves serán castigadas con penas de multa de seis a catorce meses. Si las injurias se hubieran cometido con publicidad (por ejemplo, a través de redes sociales), la sanción puede ser aún mayor, en atención a la amplificación del daño causado.
¿Qué es el delito de calumnias?
El delito de calumnias, regulado en el artículo 205 del Código Penal, consiste en la imputación falsa de un delito a otra persona, hecha con conocimiento de su falsedad o con temerario desprecio hacia la verdad. Es decir, cuando alguien acusa a otra persona de haber cometido un ilícito penal, a sabiendas de que dicho delito no se ha producido.
Un ejemplo claro de calumnia sería afirmar públicamente que alguien ha cometido un robo o fraude, cuando en realidad se sabe que esa acusación es falsa. Este delito no solo daña la reputación de la persona afectada, sino que también involucra al sistema judicial, al basar una declaración en una acusación sin fundamento.
Sanción por calumnias
La calumnia puede ser castigada con penas de prisión que van de seis meses a dos años, además de penas de multa, dependiendo de la gravedad y publicidad de los hechos. Cuando la calumnia se realiza mediante medios de difusión pública, como la prensa o las redes sociales, las penas suelen ser más severas debido al impacto más amplio sobre la víctima.
Diferencias fundamentales entre injurias y calumnias
Mientras que ambos delitos atentan contra el honor y la reputación de las personas, su origen y naturaleza son distintos:
- Injurias: Daño a la dignidad mediante expresiones o acciones consideradas ofensivas o denigrantes, siempre que sean graves.
- Calumnias: Imputación falsa de un delito, realizada con conocimiento de su falsedad o desprecio a la verdad.
Además, la calumnia implica necesariamente la atribución de un hecho delictivo específico, mientras que en las injurias no siempre existe esta imputación. Ambas conductas son perseguibles a instancias de la persona agraviada mediante querella, tal y como establece el artículo 215 del Código Penal.
[h3]¿Cómo proceder ante un caso de injurias o calumnias?[/h3]
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