Despido objetivo por causas económicas

El despido objetivo por causas económicas es una figura contemplada en el ordenamiento jurídico español que permite a una empresa extinguir un contrato de trabajo alegando problemas económicos que afectan su viabilidad. Este tipo de terminación laboral, regulado en el Estatuto de los Trabajadores, persigue equilibrar los derechos del empleado con la capacidad de la empresa de mantener su sostenibilidad económica.

  • Causas económicas reales y justificadas: El despido debe fundamentarse en pérdidas económicas, previsión de las mismas o disminución persistente de ingresos.
  • Preaviso obligatorio: La empresa debe comunicar el despido con al menos 15 días de antelación al trabajador afectado.
  • Indemnización reducida: El empleado tiene derecho a recibir 20 días de salario por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades.
  • Documentación justificativa: Es imprescindible que la empresa acredite y justifique las causas económicas con informes o documentos financieros.
  • Derecho al finiquito: Además de la indemnización, el empleado debe recibir las cantidades adeudadas por conceptos como salario pendiente o vacaciones no disfrutadas.
  • Posibilidad de impugnación: El trabajador puede recurrir el despido si considera que las causas económicas no son ciertas o suficientes.

¿Qué es un despido objetivo por causas económicas?

El despido objetivo por causas económicas se define como una terminación unilateral del contrato laboral por parte del empleador, sustentada en una situación económica desfavorable para la empresa. Según el artículo 51.1 del Estatuto de los Trabajadores, se considera que existe una causa económica cuando de los resultados de la empresa puede inferirse una situación negativa, como:

  • Pérdidas reales o previstas.
  • Disminución persistente de los ingresos ordinarios de la empresa o de las ventas, acreditada durante al menos tres trimestres consecutivos respecto al mismo período del año anterior.

Este despido, aunque se fundamenta en aspectos económicos, debe cumplir con unos requisitos formales claros para garantizar la correcta aplicación de la normativa y el respeto a los derechos del trabajador.

Requisitos para el despido objetivo por causas económicas

El despido objetivo por causas económicas cuenta con una serie de requisitos que el empleador debe cumplir para que sea considerado válido. Esto está regulado en el artículo 53 del Estatuto de los Trabajadores:

  • Comunicación escrita: El empleador debe entregar una carta de despido al trabajador, detallando de manera específica las causas económicas que justifican la decisión.
  • Indemnización: El trabajador tiene derecho a recibir una indemnización equivalente a 20 días de salario por año trabajado, con un límite de 12 mensualidades. En caso de dificultades para abonar esta indemnización en el momento del despido, el empresario puede retrasar el pago, pero deberá justificarlo por escrito.
  • Preaviso de 15 días: El preaviso debe notificarse al trabajador de forma previa al fin del contrato. Durante este período, el empleado tiene derecho a ausentarse hasta seis horas semanales de su jornada, con derecho a retribución, para buscar otro empleo.

El incumplimiento de cualquiera de estas condiciones puede dar lugar a que el despido sea declarado improcedente o incluso nulo.

¿Cuáles son los derechos del trabajador ante esta medida?

En caso de un despido objetivo por causas económicas, el trabajador tiene garantizados ciertos derechos que protegen su estabilidad económica y laboral. Entre estos derechos se encuentran:

  • Indemnización justa: Como se mencionó anteriormente, el trabajador recibirá una compensación económica proporcional a su antigüedad en la empresa.
  • Cobro del finiquito: Que incluye la liquidación de los salarios pendientes, vacaciones no disfrutadas y otros conceptos laborales acumulados.
  • Impugnación del despido: Si el trabajador considera que no se ha cumplido con los requisitos formales o que las causas alegadas no son válidas, puede presentar una impugnación en el plazo de 20 días hábiles desde el momento en que se hace efectivo el despido.
  • Prestación por desempleo: Si el despido no es declarado nulo o improcedente, el trabajador tendrá derecho a acceder a la prestación contributiva por desempleo, siempre que cumpla con los requisitos establecidos para ello.

¿Qué sucede si el despido se declara improcedente?

Un despido objetivo por causas económicas puede ser declarado improcedente si el empleador no acredita debidamente la causa alegada o si incumple los requisitos formales. En esta situación, el Estatuto de los Trabajadores establece que el empleador deberá optar entre:

  • Readmitir al trabajador en su puesto y abonarle los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido.
  • Indemnizar al trabajador con 33 días de salario por año trabajado (o 45 días si la relación laboral comenzó antes del 12 de febrero de 2012), con un tope de 24 mensualidades.

En cualquier caso, es crucial que el trabajador actúe rápidamente para ejercer su derecho a impugnar el despido dentro de los plazos legales.

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Asesoramiento legal en casos de despidos económicos

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