El hurto es un delito comúnmente regulado dentro del marco del Derecho Penal en España y está contemplado en los artículos 234 a 236 del Código Penal. Se caracteriza por la sustracción de bienes muebles ajenos con ánimo de lucro y sin el consentimiento de su legítimo propietario. Este delito excluye expresamente el uso de violencia, intimidación o fuerza en las cosas, lo que lo diferencia notablemente de crímenes como el robo. A lo largo de este artículo, desglosaremos los conceptos esenciales relacionados con este delito, sus diferentes modalidades y las penas aplicables, siempre con un enfoque informativo que facilite el entendimiento del asunto desde una perspectiva legal.
¿Qué es el hurto?
El delito de hurto, según el artículo 234.1 del Código Penal español, se configura cuando una persona se apodera de una cosa mueble ajena sin la voluntad de su dueño y con ánimo de obtener una ganancia económica. Este ilícito penal, al estar tipificado, requiere que existan elementos objetivos y subjetivos que lo configuren:
- Sustracción: Es el acto de apropiarse de un bien mueble ajeno.
- Ánimo de lucro: La intención del autor de obtener provecho económico derivado de la sustracción.
- Ausencia de violencia o intimidación: Si se emplea fuerza en las cosas o violencia o intimidación en las personas, estaríamos frente a un delito de robo.
Ejemplos comunes de hurto son la sustracción de objetos personales como carteras o teléfonos móviles sin que medien actos violentos o de fuerza. Un caso típico podría ser el de un carterista que aprovecha el descuido de su víctima para apropiarse de su cartera.
Regulación legal del delito de hurto
El hurto está regulado específicamente en los artículos 234 a 236 del Código Penal español, dentro del Título XIII, que comprende los delitos contra el patrimonio y el orden socioeconómico. En esta normativa se recogen las modalidades básicas, leves y agravadas del delito, así como las sanciones asociadas a cada una.
Penas aplicables en el delito de hurto
El Código Penal establece diferentes grados de penalidad en función de la gravedad del delito y de las circunstancias que lo rodean. A continuación, se describen las principales modalidades:
1. Hurto básico
Según lo establecido en el artículo 234.1 del Código Penal, si el valor de lo sustraído supera los 400 euros, se impondrá una pena de prisión que oscila entre los 6 meses y los 18 meses.
2. Delito leve de hurto
El artículo 234.2 contempla el delito leve cuando el valor de lo sustraído no sobrepasa los 400 euros. En este caso, se castigará con una multa de 1 a 3 meses. No obstante, hay una excepción importante: si el autor del delito es reincidente y ya ha sido condenado al menos tres veces por delitos contra el patrimonio, podrá imponerse una pena de prisión de 6 a 18 meses, aunque la cuantía de cada infracción no supere los 400 euros.
3. Tipos agravados
El Código Penal, en su artículo 234.3, establece penas en su mitad superior para aquellos casos en que se han burlado o desactivado los dispositivos de alarma o seguridad con el propósito de cometer el hurto. Por otro lado, el artículo 235 introduce circunstancias agravantes adicionales, como:
- Sustracción de bienes de valor artístico, histórico, cultural o científico.
- Hurto de bienes de primera necesidad que cause desabastecimiento.
- Delito que ocasione un perjuicio grave a infraestructuras críticas, como las de telecomunicaciones, suministro eléctrico o hidrocarburos.
- Utilización de menores de edad como instrumento para cometer el delito.
- Cometer el hurto como miembro de una organización criminal.
En estos casos, la pena puede aumentar a prisión de 1 a 3 años, y será en su mitad superior cuando concurran dos o más de las circunstancias agravantes citadas.
¿Qué es el hurto de cosa prestada?
El artículo 236 del Código Penal define un subtipo de hurto conocido como hurto de cosa prestada. Este delito ocurre cuando una persona, siendo propietaria o actuando con el consentimiento del dueño, sustrae un bien mueble que se encuentra legítimamente en poder de otra persona, provocando con ello un perjuicio económico.
Por ejemplo, este supuesto puede darse si un cliente recoge un objeto reparado en un establecimiento y decide llevárselo sin pagar por el servicio. En tal caso, se contempla una multa de 3 a 12 meses, que será de 1 a 3 meses si el valor del bien no excede los 400 euros.
Diferencias entre hurto y robo
Uno de los aspectos más consultados dentro del ámbito del derecho penal es la distinción entre hurto y robo. Aunque ambos delitos comparten el acto de sustraer bienes, existen diferencias fundamentales:
- Hurto: No requiere el uso de violencia, intimidación o fuerza para llevarse los objetos.
- Robo: Implica el uso de violencia o intimidación en personas, o fuerza en las cosas, lo que incrementa la gravedad del delito y las sanciones aplicables, en virtud de los artículos 237 y 238 del Código Penal.
Por ejemplo, si una persona abre un coche estacionado utilizando una herramienta para forzar la cerradura y se lleva un bolso, estará cometiendo un robo. Por el contrario, si dicho bolso está en un lugar de fácil acceso y el delincuente lo toma sin más, será considerado hurto.
Sustracción con reincidencia
Una mención relevante dentro de la regulación del hurto es la multirreincidencia. El artículo 234.2 amplía las penas cuando el autor ha sido condenado al menos tres veces por delitos de la misma naturaleza, aunque individuales sean considerados faltas leves. En este caso, las sanciones pueden venir aparejadas de prisión, aun cuando el valor de los bienes sea reducido.
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