Delito de deserción

El delito de deserción está regulado por la Ley Orgánica 14/2015, de 14 de octubre, del Código Penal Militar, siendo considerado como uno de los delitos más graves contra los deberes fundamentales de los militares. Este delito se configura a partir de la ausencia injustificada de un miembro de las Fuerzas Armadas, con el claro propósito de sustraerse de forma definitiva a sus responsabilidades y obligaciones militares. A continuación, exploraremos con detalle los aspectos más relevantes de este delito, sus características, sanciones y cómo difiere de otras figuras jurídicas similares.

¿Qué es el delito de deserción según el Código Penal Militar?

La deserción es un delito que implica la ausencia de un militar de su unidad, destino o lugar de residencia con la intención de no reincorporarse a sus funciones. Este comportamiento contraviene los principios esenciales de disciplina, lealtad y disposición al servicio que rigen las Fuerzas Armadas y la Guardia Civil en España.

El artículo 57 del Código Penal Militar establece que el militar que, con el propósito de eludir permanentemente sus deberes, se ausente o incumpla con su obligación de reincorporarse a su puesto, enfrentará penas que pueden variar dependiendo de las circunstancias, incluyendo el contexto en el que se produjeron tales acciones.

Elementos esenciales del delito de deserción

Para que la deserción sea tipificada como delito, deben concurrir ciertos elementos objetivos y subjetivos que la configuran:

1. Elemento objetivo

Hace referencia a la acción material de ausentarse del lugar donde un militar está destinado, reside o tiene la obligación de cumplir sus funciones. Este comportamiento debe ser verificable y representar un incumplimiento de las disposiciones inherentes al rol militar.

2. Elemento subjetivo

Este es quizá el aspecto más relevante, ya que se requiere la intención deliberada y consciente del militar de abandonar de manera definitiva sus responsabilidades. Es decir, no se trata de una ausencia temporal o debida a circunstancias justificables, sino de un propósito de eludir de forma permanente los deberes asociados a su función.

Requisitos que configuran el delito

Existen ciertos criterios imprescindibles para que una conducta sea calificada como deserción según el Código Penal Militar:

  • La persona acusada debe tener la condición de militar, ya sea porque se encuentra en servicio activo o porque forma parte de las Fuerzas Armadas o la Guardia Civil en calidad de reservista activado o alumno en formación.
  • Debe demostrarse la voluntad de perpetuar su ausencia y no reincorporarse al cumplimiento de sus deberes.

Estos aspectos son los que distinguen la deserción del delito de abandono de destino, el cual se caracteriza por una ausencia temporal y no definitiva.

Penas establecidas para el delito de deserción

De acuerdo con el Código Penal Militar, las sanciones por el delito de deserción varían según las circunstancias en las que se comete el hecho, las cuales incluyen:

  • Una pena de prisión de uno a cuatro años.
  • La posible pérdida de empleo, lo que conlleva la expulsión de las Fuerzas Armadas o la Guardia Civil.

Agravantes del delito de deserción

Es importante señalar que, si la deserción ocurre en un contexto de conflicto armado o estado de sitio, las penas son considerablemente más severas. En estos casos, pueden imponerse penas que oscilan entre los cinco y los quince años de prisión. Este agravante refleja la gravedad de abandonar las responsabilidades en situaciones donde la cohesión y disponibilidad de las Fuerzas Armadas son críticas para la seguridad nacional.

Impacto de la sentencia en la carrera militar

Además de las penas de prisión, un condenado por deserción enfrenta efectos colaterales significativos. De ser aplicada la pena de pérdida de empleo, la persona quedará definitivamente desvinculada del Ejército o de la Guardia Civil y perderá todos los derechos acumulados en función de su cargo o servicios previos.

Por su parte, el periodo de prisión acarrea automáticamente la suspensión del salario y de cualquier beneficio relacionado con la prestación del servicio militar, lo que repercute no solo a nivel profesional, sino también económico y personal.

Diferencias entre deserción y abandono de destino

A menudo se confunden los conceptos de deserción y abandono de destino. Sin embargo, existen diferencias marcadas entre ambos delitos:

  • Deserción: Implica una voluntad clara de no regresar, configurándose como un incumplimiento permanente y con sanciones más graves.
  • Abandono de destino: Se refiere a una ausencia temporal y particular, cuya pena suele ser menor. El Código Penal Militar establece que este delito puede sancionarse con prisión de tres meses y un día a dos años, aunque si ocurre durante un estado de sitio, la pena puede aumentar.

Quienes pueden ser considerados militares a efectos del Código Penal Militar

El Código Penal Militar aplica sus disposiciones exclusivamente a las personas que ostentan la calidad de militares al momento de cometer el delito. Esto incluye:

  • Miembros activos de las Fuerzas Armadas y de la Guardia Civil.
  • Reservistas activados y alumnos en periodo de formación militar o de ingreso a la Guardia Civil.
  • Centinelas, comandantes de buques de convoyes protegidos por el Ejército, entre otros casos específicos recogidos en la normativa.

También cabe destacar que altos mandos militares, como jefes de estado mayor, oficiales generales con mando jerárquico y otras autoridades de alto rango, están sujetos a las disposiciones establecidas para este tipo de delitos.

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