Incapacidad permanente total cualificada

La incapacidad permanente total cualificada es un tipo de prestación económica reconocida dentro del sistema de la Seguridad Social de España. Está diseñada especialmente para aquellos trabajadores que, además de estar incapacitados para llevar a cabo las funciones fundamentales de su profesión habitual, enfrentan mayores dificultades para encontrar un nuevo empleo debido a su edad y circunstancias personales. Esta dificultad adicional otorga el derecho a un incremento del 20 % sobre la pensión habitual. Desde Consultame.net, te ofrecemos información precisa y la posibilidad de contactar con abogados especializados para asesorarte en este proceso.

¿Qué es la incapacidad permanente total cualificada?

La incapacidad permanente total cualificada es una mejora económica contemplada para aquellos trabajadores que reciben una pensión de incapacidad permanente total y cumplen ciertos requisitos adicionales. Este tipo de prestación tiene como objetivo proteger a las personas que, por diversas razones, encuentran barreras significativas para reincorporarse al mercado laboral en un empleo distinto al habitual.

La prestación pasa de ser el 55 % de la base reguladora de la pensión a un total del 75 %, lo que implica un aumento del 20 %. Este derecho económico no aparece con la denominación de «incapacidad permanente total cualificada» en la normativa, pero se encuentra claramente regulado en la legislación aplicable.

¿Dónde se regula la incapacidad permanente total cualificada?

La regulación de este derecho específico está recogida en las siguientes normativas:

  • El artículo 196.2 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado mediante el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre.
  • El artículo 6 del Decreto 1646/1972, de 23 de junio, que desarrolla las prestaciones del Régimen General de la Seguridad Social.

Requisitos para acceder a la incapacidad permanente total cualificada

Para poder acceder al incremento asociado a la incapacidad permanente total cualificada, es imprescindible cumplir dos tipos de requisitos:

Requisitos generales

Primero, el trabajador debe acreditar las condiciones generales para que se le conceda la incapacidad permanente total, entre las que destacan:

  • No haber alcanzado la edad requerida para acceder a la pensión contributiva por jubilación.
  • Estar en situación de afiliación y alta en el sistema de la Seguridad Social o en una situación asimilada al alta.
  • Haber cumplido con el periodo mínimo de cotización necesario, en caso de que la incapacidad derive de contingencias comunes, como enfermedad común o accidente no laboral.
  • Estar imposibilitado para desempeñar todas o las funciones fundamentales de su profesión habitual.

Requisitos específicos

Además, para tener derecho al incremento del 20 %, deben cumplirse los siguientes criterios específicos:

  • Haber alcanzado la edad de 55 años.
  • Estar en situación de desempleo, con mayores dificultades para encontrar trabajo en una actividad distinta a la habitual.

Factores importantes para otorgar el incremento

El artículo 196.2 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social establece que la concesión del incremento económico está condicionada a la valoración de ciertos aspectos personales y del entorno del trabajador. Los factores que se analizan en estos casos son:

  • La edad: se considera que, a mayor edad, las posibilidades de recolocación laboral disminuyen.
  • Falta de formación: la ausencia de una preparación general o específica adecuada puede dificultar encontrar nuevas oportunidades laborales.
  • Condiciones sociales y laborales del lugar de residencia: las limitaciones del mercado laboral local influyen en la oportunidad de obtener empleo.

Casos en los que no se puede cobrar el incremento

El derecho al aumento del 20 % en la pensión está supeditado a que el beneficiario se encuentre en situación de desempleo y no pueda acceder de manera efectiva a un trabajo. Por ello, no se podrá percibir esta prestación en situaciones como:

  • Si el trabajador está trabajando por cuenta ajena o como autónomo.
  • Cuando la incapacidad se compatibiliza con una pensión económica recibida a tanto alzado (modalidad disponible para quienes deseen desarrollar una actividad profesional).

No obstante, si el trabajador deja de trabajar y pasa a cobrar su pensión en forma mensual, puede solicitar nuevamente el ingreso incrementado siguiendo los procedimientos legales establecidos.

Momento para solicitar la incapacidad permanente total cualificada

Este derecho puede reclamarse en los siguientes momentos esenciales:

  • Al obtener por primera vez la incapacidad permanente total, siempre que se tengan ya 55 años cumplidos.
  • Cuando el pensionista alcance los 55 años, incluso si ha estado cobrando ya la modalidad normal de su pensión.

Efectos económicos de la prestación

El cobro del incremento comienza a partir de la fecha en que se solicita la incapacidad permanente total cualificada, aunque la legislación permite retrotraer los efectos económicos hasta un máximo de tres meses siempre que el solicitante haya cumplido previamente con los requisitos exigidos.

Compatibilidad e incompatibilidad del incremento

El incremento asociado a la incapacidad permanente total cualificada está diseñado para proteger en situaciones de desempleo. Por esta razón, se suspenderá de manera automática si el beneficiario encuentra un trabajo, aunque la parte correspondiente a la pensión por incapacidad permanente total seguirá percibiéndose. Si el empleado pierde de nuevo el empleo, podrá solicitar que se reactive el cobro de la cuantía adicional.

Beneficios para autónomos

Los trabajadores autónomos también tienen derecho a la prestación por incapacidad permanente total cualificada, pero solo en los casos en los que la incapacidad haya sido reconocida a partir del 1 de enero de 2003. Es importante recalcar que el momento en que se cumplan los 55 años no afecta este derecho, siempre y cuando la fecha de reconocimiento de la incapacidad cumpla con lo establecido.

En Consultame.net trabajamos con abogados especializados para garantizar una gestión adecuada y eficiente de este tipo de prestaciones. Si tienes dudas o necesitas iniciar el trámite para solicitar tu incapacidad permanente total cualificada, no dudes en consultarnos.

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