Delitos menos graves

En el ámbito del derecho penal en España, los delitos menos graves ocupan un lugar intermedio en la clasificación de los ilícitos penales, situándose entre los delitos graves y los delitos leves. Esta distinción se basa en la naturaleza y duración de las penas previstas, conforme al Código Penal que determina, en su artículo 33.3, las sanciones atribuibles a este tipo de conductas punibles. Comprender el alcance y las consecuencias de estos delitos no solo es esencial desde la perspectiva jurídica, sino también para quienes buscan proteger sus derechos o enfrentan procesos asociados a estos hechos.

¿Qué son los delitos menos graves según el Código Penal?

Los delitos menos graves, según establece el artículo 33.3 del Código Penal, son aquellos que conllevan penas de menor severidad que las asociadas a los delitos graves, pero mayores que las de los delitos leves. Esta categoría fue introducida con la reforma penal de la Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo, que eliminó las antiguas faltas, clasificando las conductas ilícitas únicamente como delitos graves, menos graves o leves.

La identificación de estos delitos no solo recae en los hechos cometidos, sino también en las penas impuestas por el sistema judicial. Por ello, es fundamental analizar cada caso concreto para determinar si se encuentra dentro de esta categoría y qué sanciones le son aplicables.

Penas asociadas a los delitos menos graves

El Código Penal detalla las penas que corresponden a los delitos menos graves. Estas pueden ser privativas de libertad, restrictivas de derechos o económicas. A continuación, se enumeran las más habituales:

  • Prisión: De tres meses a cinco años.
  • Inhabilitación especial: Hasta cinco años. Esta modalidad puede incluir la prohibición de desempeñar determinados cargos o profesiones.
  • Suspensión de empleo o cargo público: Hasta cinco años.
  • Privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores: De uno a ocho años.
  • Prohibición de aproximación: A la víctima, familiares u otras personas designadas, por un periodo de seis meses a cinco años.
  • Multas: De más de tres meses en cuantía proporcional al delito cometido.
  • Trabajos en beneficio de la comunidad: Por un periodo de treinta días a un año.

Estas penas buscan sancionar la conducta ilícita y prevenir la reincidencia, sin llegar a la severidad de las penas correspondientes a delitos graves. Además, su graduación permite que los jueces o tribunales adapten las sanciones según las circunstancias concretas del caso.

Diferencia entre delitos menos graves y delitos leves

Un aspecto fundamental al abordar los delitos menos graves es comprender cómo difieren de los delitos leves. La principal distinción radica en la gravedad de las penas asociadas. Mientras que los delitos menos graves pueden dar lugar a penas privativas de libertad o sanciones prolongadas, los delitos leves suelen conllevar penas menores, como multas de hasta tres meses o trabajos en beneficio de la comunidad de corta duración.

Otro criterio diferenciador clave es la naturaleza de la conducta delictiva. Los delitos leves suelen involucrar infracciones que, aunque constituyen una amenaza para el orden social, no alcanzan el nivel de repercusión o daño asociado a los delitos menos graves. Por tanto, evaluar la intención, las circunstancias y las consecuencias del hecho es crucial para determinar a qué categoría pertenece.

Ejemplos de delitos menos graves previstos en el Código Penal

Para ilustrar mejor en qué consisten los delitos menos graves, presentamos algunos ejemplos tipificados en el Código Penal. Estos casos demuestran cómo diversas conductas pueden dar lugar a sanciones intermedias dependiendo de las circunstancias agravantes o atenuantes.

1. Conducción bajo los efectos del alcohol

La conducción de vehículos bajo los efectos de bebidas alcohólicas puede considerarse un delito menos grave cuando el nivel de alcohol en sangre supera los límites legales: 0,60 mg/l en aire espirado o 1,2 g/l en sangre. Este comportamiento es sancionado con:

  • Prisión de tres a seis meses.
  • Multa de seis a doce meses.
  • Trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días.
  • Privación del derecho a conducir por un periodo de uno a cuatro años.

2. Hurto

El hurto, definido como la apropiación de bienes ajenos sin empleo de violencia o intimidación, también puede ser considerado un delito menos grave. Cuando el valor de lo sustraído excede los 400 euros, se castiga con:

  • Prisión de seis meses a 18 meses.

Este tipo de conducta resalta la importancia de analizar el daño económico causado para determinar la sanción equivalente.

3. Coacciones

El delito de coacciones se produce cuando alguien obliga a otra persona a realizar, o evitar realizar, algo en contra de su voluntad. Según las circunstancias, las penas establecidas incluyen:

  • Prisión de tres meses a seis años.
  • Multa de 12 a 24 meses.

Este tipo de delito puede abarcar desde acciones de menor gravedad hasta casos más severos en los que concurre un grave perjuicio para la libertad personal del afectado.

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