El delito de omisión del deber de socorro está previsto y sancionado en los artículos 195 y 196 del Código Penal español. Este delito se configura cuando una persona, pudiendo prestar ayuda a otra que se encuentra en peligro grave y manifiesto, opta por no actuar ni solicitar asistencia. En este sentido, la finalidad última de esta norma es proteger el valor fundamental de la vida y la integridad física de las personas, salvaguardando situaciones de emergencia en las que la intervención de terceros es esencial.
- Naturaleza del delito: Es un delito de omisión que penaliza la indiferencia frente a situaciones de peligro grave para otras personas cuando se tiene capacidad de auxiliar.
- Ámbito de aplicación: Solo se comete si la omisión de socorro ocurre ante una situación de necesidad manifiesta y urgente, como un accidente o peligro vital.
- Exención de riesgo personal: La obligación de socorrer no aplica si ello implica un riesgo grave para la seguridad del auxiliador.
- Responsabilidad diferenciada: Personas con obligaciones específicas (sanitarios, socorristas, etc.) que no actúan podrían enfrentar sanciones más graves.
- Acción alternativa permitida: También se considera cumplir con el deber si se alerta rápidamente a las autoridades o servicios de emergencia competentes.
- Consecuencias legales: Las penas incluyen multas o incluso privación de libertad dependiendo de la gravedad y las circunstancias del caso.
¿Qué es el delito de omisión del deber de socorro?
El delito de omisión del deber de socorro es un tipo penal considerado como delito de omisión pura. Esto significa que se castiga la inacción del individuo en situaciones en las que el ordenamiento jurídico le impone la obligación de actuar debido a la gravedad de las circunstancias. Se trata de un delito de naturaleza dolosa, ya que exige que el autor tenga conocimiento de la situación de desamparo de la víctima y, aun así, decida no intervenir, siempre que pueda hacerlo sin exponer su vida o integridad o la de terceros a un riesgo.
Conviene precisar que este delito no debe confundirse con el delito de abandono del lugar del accidente, regulado de manera específica en el artículo 382 bis del Código Penal, centrado en la conducta de quien, habiendo causado un accidente, huye del lugar sin atender a las víctimas.
Regulación legal del delito de omisión del deber de socorro
El Código Penal establece en el artículo 195 las conductas que configuran este delito. Estas se desglosan en diferentes supuestos dependiendo de las circunstancias específicas:
1. Omisión del socorro personal
De acuerdo con el artículo 195.1 del Código Penal, incurrirá en este supuesto quien, encontrándose ante una persona desamparada y en peligro grave, no la auxilie, siempre que pueda hacerlo sin riesgo propio ni de terceros. La pena prevista para esta conducta es una multa de 3 a 12 meses.
2. No solicitud de ayuda para la víctima
Este supuesto, previsto en el artículo 195.2, contempla la situación en la que la persona no está en condiciones de prestar socorro por sí misma, pero omite solicitar de inmediato el auxilio necesario. La sanción para esta conducta es también una multa de 3 a 12 meses.
3. Omisión tras accidente fortuito
El artículo 195.3 regula un caso especial: si la omisión es realizada por quien de forma fortuita causó el accidente, la pena aumenta considerablemente. En estos casos, se establece una pena de prisión de 6 a 18 meses. Si el accidente se produjo debido a una conducta imprudente del autor, la pena se agrava aún más, pudiendo oscilar entre 6 meses y 4 años de prisión.
Tipo agravado del delito de omisión del deber de socorro
El artículo 196 del Código Penal contempla una modalidad agravada de este delito para determinados profesionales, tales como médicos, personal sanitario u otros cuya profesión implique legalmente la obligación de prestar auxilio. Estos profesionales incurren en delito cuando deniegan asistencia sanitaria requerida o abandonan los servicios sanitarios, siempre que de dichas conductas se derive un riesgo grave para la salud de la persona necesitada.
Las penas que se prevén en estos casos son más severas, ya que se aplican en la mitad superior de las previstas para el tipo básico y, además, se impone una pena de inhabilitación especial para cargo público, profesión u oficio por un periodo de 6 meses a 3 años.
¿Cuál es la diferencia entre el delito de omisión del deber de socorro y el delito de abandono del lugar del accidente?
Son dos figuras jurídicas distintas contempladas en el Código Penal. La diferencia principal reside en el ámbito de aplicación de cada delito:
- En el delito de omisión del deber de socorro, cualquier persona puede ser sujeta activa del delito, y la víctima debe encontrarse desamparada, es decir, sin recibir ayuda ni capacidad para salir del peligro por sus propios medios.
- En el caso del delito de abandono del lugar del accidente, solo puede cometerlo quien ha sido responsable del accidente, y no se exige que la víctima esté desprotegida; la omisión se sanciona por faltar al deber ético y legal de permanecer en el lugar de los hechos.
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