Cuando se trata de la custodia de los hijos, surgen muchas preguntas, especialmente en parejas que nunca han estado casadas. Una de las más comunes es si es posible establecer un régimen de custodia compartida sin estar casados. Este tema es de suma relevancia, ya que los derechos y obligaciones de los progenitores no dependen del estado civil, sino de su relación con los menores. En este artículo, desde Consultame.net, te explicamos todo lo que necesitas saber sobre este asunto, amparándonos en la legislación española y los estándares legales actuales.
- La custodia compartida no requiere estar casados; aplica a parejas que hayan convivido o tengan hijos en común.
- Ambos progenitores deben demostrar capacidad para cuidar del menor y garantizar su bienestar físico y emocional.
- La decisión sobre la custodia compartida puede ser acordada entre los padres o decidida por un juez en caso de conflictos.
- El interés superior del menor será prioridad absoluta en cualquier resolución judicial de custodia.
- En ausencia de matrimonio, se recomienda formalizar acuerdos de custodia mediante un convenio regulador aprobado judicialmente.
- En casos judiciales, el juez considerará factores como la relación previa de los padres, estabilidad del menor y capacidad de cooperación.
¿Qué dice la legislación española sobre la custodia compartida?
En España, las disposiciones legales sobre la custodia de menores están principalmente reguladas por el Código Civil, concretamente en los artículos 92 y siguientes. En dichos artículos se establece que la custodia compartida puede ser una opción preferente siempre que se considere que es lo más beneficioso para el bienestar del menor. Es decir, el interés superior del menor será el principio rector en cualquier resolución judicial sobre custodia, con independencia de si los progenitores están casados, separados o si nunca contrajeron matrimonio.
El artículo 92 del Código Civil establece que el juez podrá conceder la custodia compartida incluso cuando no haya acuerdo entre los progenitores, siempre que quede acreditado que este régimen es el más deseable para el menor. En este sentido, el estado civil de los padres no influye en las decisiones judiciales, ya que lo relevante será la capacidad de ambos para proporcionar una crianza adecuada y estable a sus hijos.
Custodia compartida en parejas no casadas: ¿hay diferencias?
No existe ninguna diferencia legal entre padres casados y no casados cuando se trata de solicitar o establecer un régimen de custodia compartida. En ambos casos, los derechos y deberes hacia los hijos son exactamente los mismos. De hecho, bajo la legislación española, el único vínculo relevante es el de la paternidad o maternidad, indistintamente de si la relación sentimental entre los progenitores ha estado formalizada mediante matrimonio.
En situaciones donde no hay matrimonio, pero sí convivencia previa, es habitual que los progenitores lleguen a acuerdos amistosos sobre la custodia sin necesidad de judicializar el proceso. No obstante, si el desacuerdo persiste, será el juez quien establezca el régimen correspondiente, tomando siempre como referencia los informes psicosociales y el entorno familiar del menor.
Factores que valoran los jueces
En casos sin acuerdo entre los progenitores, los tribunales tienen en cuenta varios elementos al decidir sobre la custodia compartida:
- La edad de los hijos, sus necesidades específicas y la relación afectiva mantenida con cada progenitor.
- La disponibilidad de cada progenitor para dedicarse al cuidado y atención de los menores.
- El lugar de residencia de los progenitores y su cercanía con los centros escolares, médicos y otras actividades de los hijos.
- Los informes emitidos por el equipo técnico del juzgado encargado del caso (trabajadores sociales, psicólogos, etc.).
En ningún caso, el juez considerará el estado civil como un factor determinante para denegar o conceder la custodia compartida.
¿Cómo proceder para solicitar la custodia compartida sin estar casados?
En casos de desacuerdo entre los progenitores, será necesario acudir a la vía judicial para establecer la custodia compartida. Para ello, se debe presentar una demanda de medidas paternofiliales. Este procedimiento es especialmente diseñado para parejas no casadas que necesitan definir aspectos como la guarda y custodia de los hijos, el régimen de visitas, la pensión alimenticia y otros puntos relativos al cuidado del menor.
Es fundamental presentar pruebas que respalden tu capacidad para asumir la custodia compartida, como evidencias de tu implicación en la vida de tus hijos, horarios laborales que permitan compatibilizar el cuidado de los menores, y una vivienda adecuada y cercana a los lugares que frecuentan los niños, como el colegio o actividades extraescolares.
Confía en un abogado especializado que defenderá los intereses de tus hijos y garantizará un acuerdo justo. Protege su bienestar y asegura sus derechos en cada paso. ¡Contáctanos ahora!
Si estás enfrentando esta situación, es importante contar con el asesoramiento de un abogado especialista en derecho de familia, dado que la correcta preparación de un procedimiento judicial puede marcar la diferencia en el resultado final. En Consultame.net, ponemos a tu disposición un equipo de abogados expertos en derecho de familia que te guiarán durante todo el proceso para garantizar el mejor resultado tanto para ti como para tus hijos. No dudes en contactarnos para obtener asistencia jurídica personalizada.