¿Es posible pasar de custodia compartida a custodia exclusiva?

En muchas ocasiones, los acuerdos sobre la custodia de los hijos que se adoptan tras un proceso de divorcio o separación pueden necesitar ser revisados por diversas circunstancias. Esto ocurre cuando las condiciones iniciales han cambiado de forma significativa y se vuelve necesario garantizar que el régimen de guarda y custodia sea lo más beneficioso para los menores implicados. Por tanto, la posibilidad de pasar de una custodia compartida a una custodia exclusiva es real, siempre que se cumplan ciertas condiciones legales que lo justifiquen.

  • Cambio de circunstancias: Para modificar la custodia compartida a exclusiva, es esencial demostrar cambios significativos en las circunstancias desde el acuerdo inicial.
  • Interés superior del menor: Siempre se prioriza el bienestar del menor, evaluando si el modelo de custodia actual afecta negativamente su desarrollo o estabilidad.
  • Pruebas contundentes: Es crucial presentar pruebas claras y legítimas que justifiquen el cambio, como negligencia, conflictos graves o incapacidad de un progenitor.
  • Evaluación psicológica: En algunos casos, se puede requerir la intervención de peritos o informes psicológicos para valorar cuál es la mejor opción para el menor.
  • Mediación previa: Se recomienda intentar resolver el conflicto mediante mediación antes de acudir a un proceso judicial para modificar la custodia.
  • Decisión judicial final: El tribunal, tras estudiar las pruebas y las circunstancias, decidirá si procede otorgar la custodia exclusiva a uno de los progenitores.

¿Qué supone cambiar de custodia compartida a custodia exclusiva?

La custodia compartida implica que ambos progenitores comparten de manera equitativa tanto las responsabilidades como el tiempo dedicado al cuidado y educación de los hijos. Por otro lado, la custodia exclusiva otorga a uno de los progenitores la responsabilidad principal de cuidar y convivir con los menores, limitando al otro progenitor a un régimen de visitas y responsabilidades reducidas en el día a día.

El paso de un régimen de custodia compartida a uno exclusivo no es una transición automática ni inmediata. Para modificar estas condiciones, es necesario solicitar una revisión del acuerdo mediante vías legales y justificar que el cambio es favorable para el bienestar de los menores, que siempre es el principal criterio que prevalece en los tribunales.

¿Cuáles son las vías legales para modificar la custodia?

Existen tres formas principales de llevar a cabo este cambio: mediante acuerdo mutuo, a través de un procedimiento contencioso o de forma extrajudicial.

1. Por mutuo acuerdo

Si ambos progenitores están de acuerdo con modificar el régimen de custodia, pueden recurrir al procedimiento regulado por el artículo 777 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Este procedimiento requiere la presentación de una nueva propuesta de convenio regulador al juez, en la que se expongan las razones del cambio. Es imprescindible que este convenio contenga disposiciones claras sobre la custodia exclusiva, el régimen de visitas del progenitor no custodio y la actualización de las medidas relativas a los gastos de los menores.

2. Por la vía contenciosa

Si no existe acuerdo entre las partes, el progenitor que desee solicitar la custodia exclusiva deberá iniciar un procedimiento judicial contencioso conforme a lo establecido en el artículo 770 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. En este caso, se evaluarán las pruebas aportadas por ambas partes, como informes psicosociales, periciales o del entorno familiar, para determinar si la modificación solicitada es beneficiosa para los menores.

3. A través de un acuerdo informal

Es posible que ambos progenitores lleguen a un acuerdo privado sobre el cambio de custodia, sin necesidad de formalizarlo en el juzgado. Aunque esta opción puede parecer más rápida y sencilla, no se recomienda a largo plazo, ya que no tiene validez legal. Formalizar el acuerdo judicialmente garantiza la protección de los derechos de ambas partes y de los menores.

¿Qué cambios justifican modificar la custodia?

Para que un juez considere viable el cambio de una custodia compartida a una custodia exclusiva, es necesario que se acrediten cambios significativos en las circunstancias personales o familiares que puedan afectar al interés superior del menor. Estos cambios pueden incluir:

  • Dificultades demostradas en la comunicación o colaboración entre los progenitores que imposibiliten la custodia compartida.
  • Problemas graves en la convivencia o situaciones de maltrato.
  • Cambios en las circunstancias laborales o residenciales de uno de los progenitores que afecten la estabilidad de los menores.
  • Problemas de salud o situaciones de riesgo para el bienestar del menor con uno de los progenitores.

En cualquier caso, será necesario justificar estos cambios con pruebas que permitan al juez valorar si el paso a una custodia exclusiva contribuye a proteger y mejorar las condiciones de vida de los menores.

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