El divorcio no solo implica la disolución del vínculo matrimonial, sino también el proceso de dividir el patrimonio común entre los cónyuges. Este procedimiento puede resultar complejo si no se entienden los aspectos legales implicados. En este artículo, explicaremos detalladamente cómo se reparten los bienes en un divorcio según el régimen económico matrimonial en España y los aspectos legales que debes tener en cuenta.
- Régimen económico matrimonial: El reparto depende del régimen aplicado: gananciales, separación de bienes o participación, influyendo significativamente en la división de los bienes comunes o propios.
- Bienes comunes y bienes privativos: Se distinguen los bienes adquiridos durante el matrimonio (comunes) de los obtenidos antes de casarse o por herencia (privativos).
- Acuerdo extrajudicial: Las parejas pueden alcanzar un acuerdo amistoso para repartir los bienes sin necesidad de intervención judicial, siendo más rápido y menos costoso.
- Intervención judicial: Si no hay acuerdo, el juez tomará decisiones basándose en los documentos e información aportada por ambas partes durante el proceso.
- Evidencia documental: Es fundamental presentar pruebas y documentos que acrediten la procedencia de los bienes para determinar su carácter común o privativo.
- Deudas compartidas: No solo se dividen bienes; también las deudas contraídas durante el matrimonio se reparten entre ambas partes bajo el régimen aplicable.
El régimen económico matrimonial: base para el reparto de bienes
En España, el régimen económico matrimonial determina cómo se regula la propiedad de los bienes entre los cónyuges y, por ende, cómo se reparten en caso de divorcio. Según el Código Civil, existen tres regímenes principales: la sociedad de gananciales, la separación de bienes y el régimen de participación. Cada uno tiene implicaciones legales específicas en el reparto del patrimonio conyugal.
1. Sociedad de gananciales
Este es el régimen matrimonial más común en España, salvo en comunidades autónomas con derechos forales como Cataluña, donde prevalece la separación de bienes por defecto. Según el artículo 1344 del Código Civil, los bienes y ganancias adquiridos durante el matrimonio son comunes. En caso de divorcio:
- Los bienes gananciales se dividen a partes iguales entre ambos cónyuges.
- Los bienes privativos (aquellos adquiridos antes del matrimonio o por herencia o donación) permanecen en propiedad exclusiva del cónyuge correspondiente.
Por ejemplo, si una pareja adquiere una vivienda durante el matrimonio bajo este régimen, ambos tienen derecho al 50% de su valor, salvo que exista un acuerdo específico.
2. Separación de bienes
Bajo este régimen, cada cónyuge mantiene la titularidad exclusiva de los bienes que adquiera, ya sea antes o durante el matrimonio. Según el artículo 1435 del Código Civil, en caso de divorcio no hay necesidad de dividir bienes comunes, salvo aquellos adquiridos conjuntamente. Esto facilita el proceso de reparto, ya que cada parte retiene lo que está legalmente registrado a su nombre.
Es importante destacar que, aunque este régimen evita la creación de un patrimonio común, pueden surgir conflictos a la hora de demostrar la titularidad de bienes adquiridos en conjunto.
3. Régimen de participación
Este régimen, menos común en España, combina elementos de los dos anteriores. Según el artículo 1411 del Código Civil, cada cónyuge conserva la titularidad de sus bienes, pero al finalizar el régimen o en caso de divorcio, ambos tienen derecho a participar en las ganancias obtenidas por el otro durante el matrimonio.
Para calcular la participación, se realiza un inventario del patrimonio inicial y final de cada cónyuge. La diferencia en ganancias se divide equitativamente entre los dos.
¿Qué pasa con los bienes adquiridos en común?
Independientemente del régimen económico matrimonial, pueden existir bienes adquiridos en proindiviso, es decir, en copropiedad. En este caso, la división debe realizarse siguiendo las normas del Código Civil, y si no hay acuerdo entre las partes, puede ser necesario recurrir a un procedimiento de partición judicial.
1. Bienes inmuebles
Cuando una vivienda familiar está en copropiedad, el bien puede ser vendido y su valor repartido. Alternativamente, uno de los cónyuges puede adquirir la parte del otro, compensándole económicamente.
2. Cuentas bancarias y otros activos financieros
Las cuentas bancarias a nombre de ambos cónyuges deben liquidarse y dividirse equitativamente, salvo que se pruebe que los fondos no fueron aportados por igual. Otros activos financieros, como acciones o inversiones, también deben repartirse según la titularidad o los acuerdos previos.
¿Cómo solucionar conflictos durante el reparto de bienes?
Uno de los mayores problemas que surgen durante un divorcio es la falta de acuerdo respecto a los bienes. Para evitar disputas prolongadas, es aconsejable recurrir a la mediación familiar o, en caso necesario, a la intervención judicial. Si el divorcio es contencioso, el juez será quien determine el reparto de los bienes, basándose en el régimen matrimonial y las pruebas aportadas por las partes.
Nuestros abogados especializados en derecho de familia están aquí para garantizar que tus derechos sean protegidos y el reparto de bienes se realice de forma justa. ¡Contáctanos hoy mismo!
En Consultame.net, entendemos que el proceso de divorcio puede ser complicado y emocionalmente desafiante. Por ello, contamos con abogados especializados en derecho de familia que te pueden asesorar y guiar durante todo este procedimiento. Si necesitas ayuda personalizada para gestionar el reparto de bienes tras un divorcio, contacta con nosotros aquí y encuentra al abogado de familia adecuado para tu caso.