¿Hay derecho a cobrar el paro en caso de despido procedente?

El despido procedente es una situación compleja que genera muchas dudas entre los trabajadores en España, especialmente en lo relacionado con sus derechos posteriores al despido. Una de las preguntas más frecuentes es: ¿hay derecho a cobrar el paro en caso de despido procedente? En este artículo abordaremos esta cuestión desde el marco jurídico vigente, desglosando los requisitos necesarios para acceder a la prestación por desempleo y los pasos que se deben seguir, incluso tras un despido declarado procedente.

  • El despido procedente no invalida el paro: A pesar de ser procedente, si se cumplen requisitos legales, el trabajador puede acceder a la prestación por desempleo.
  • Requisitos para cobrar el paro: Es esencial haber cotizado al menos 360 días en los últimos seis años y estar inscrito como demandante de empleo.
  • Solicitud inmediata: Es necesario solicitar la prestación dentro de los 15 días hábiles posteriores al despido para evitar la pérdida de derechos.
  • Motivación del despido irrelevante: Cuando el despido es procedente, las causas no afectan al derecho a cobrar el paro si hay cumplimiento de requisitos.
  • Excepciones en supuestos graves: En casos de despido por faltas muy graves, como fraude, puede haber impedimento para cobrar el paro.
  • Compatibilidad con otras ayudas: El cobro del paro podría combinarse con otras ayudas siempre y cuando no exista exclusión legal o incompatibilidad.

¿Qué es un despido procedente según la normativa española?

El despido procedente, según el Estatuto de los Trabajadores, es aquel que cumple con los requisitos legales establecidos y se encuentra justificado en determinadas causas previstas en la legislación laboral. Estas causas pueden ser de carácter objetivo (como motivos económicos, técnicos, organizativos o de producción) o de carácter disciplinario (por comportamiento grave y culpable del trabajador). La procedencia debe declararse tras analizarse los hechos en un procedimiento judicial o reconocerse por las partes implicadas.

¿El despido procedente afecta al derecho a la prestación por desempleo?

Una de las confusiones más habituales es pensar que un despido procedente implica la pérdida del derecho a cobrar la prestación por desempleo. Sin embargo, este no es el caso. De acuerdo con la normativa española, la prestación por desempleo depende de que el trabajador cumpla determinados requisitos, entre los cuales no figura el tipo de despido como factor determinante.

En este sentido, el trabajador tendrá derecho a solicitar el paro, siempre que el despido lo coloque en una situación legal de desempleo y cumpla con los requisitos mínimos establecidos para acceder a la prestación, como por ejemplo:

  • Estar afiliado a la Seguridad Social y dado de alta en el régimen correspondiente.
  • Haber trabajado y cotizado al menos 360 días en los últimos 6 años.
  • No encontrarse en ninguna de las situaciones que impidan el reconocimiento del desempleo, como continuar realizando una actividad laboral por cuenta propia o ajena tras el despido.

Despido procedente y la situación legal de desempleo

El concepto de situación legal de desempleo es clave para entender por qué un trabajador despedido de forma procedente puede cobrar el paro. Arraigado en el derecho laboral, esta situación se produce cuando el contrato laboral finaliza por causas ajenas a la voluntad del trabajador. En el caso del despido procedente, el empleado no abandona voluntariamente su trabajo, sino que el contrato se extingue por decisión de la empresa sustentada en razones justificadas.

Es importante destacar que, según el artículo 267 de la Ley General de la Seguridad Social (Real Decreto Legislativo 8/2015), serán beneficiarios de la prestación por desempleo las personas que, además de cumplir los requisitos, acrediten estar en una situación legal de desempleo. El despido (ya sea objetivo o disciplinario y declarado procedente) cumple con este criterio.

Pasos para solicitar el paro tras un despido procedente

Si has sido despedido de forma procedente y deseas acceder al paro, es fundamental seguir correctamente el procedimiento estipulado. Estos son los pasos a tener en cuenta:

  • Inscripción como demandante de empleo: Dirígete a la oficina de empleo correspondiente y solicita tu alta como demandante de empleo. Este trámite es obligatorio para acceder a cualquier prestación por desempleo.
  • Solicitud de la prestación: Una vez inscrito como demandante, deberás presentar la solicitud de la prestación por desempleo. Este trámite puede hacerse presencialmente en las oficinas del SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal) o a través de su sede electrónica.
  • Documentación requerida: Asegúrate de presentar todos los documentos necesarios, como el certificado de empresa, documento de identidad, justificantes de cotizaciones y el modelo oficial de solicitud.

Recuerda que existe un plazo máximo de 15 días hábiles desde el cese de la relación laboral para comenzar los trámites. No cumplir con este plazo podría generar demoras o incluso la denegación de tu prestación.

Casos en los que no se tiene derecho al paro tras un despido

Si bien el tipo de despido procedente no es un impedimento para cobrar el paro, hay situaciones específicas en las que no se reconoce el derecho a la prestación. Algunos de estos casos son:

  • Cuando el trabajador no ha cotizado el tiempo mínimo necesario.
  • Si el empleado mantiene otras fuentes de ingreso laboral tras el despido.
  • Cuando existe fraude u omisión de información en la solicitud.
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En resumen, un despido procedente no implica la pérdida automática del derecho a la prestación por desempleo. Siempre que el trabajador cumpla con los requisitos legales, podrá acceder al paro. Desde Consultame.net, entendemos las dificultades que pueden surgir tras un despido y te ofrecemos la posibilidad de consultar con abogados especializados en derecho laboral para recibir el asesoramiento necesario. Asegúrate de conocer tus derechos y actuar dentro de los plazos legales para proteger tu estabilidad económica.

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