La capacidad jurídica es la aptitud que posee toda persona para ser titular de derechos y obligaciones desde el momento de su nacimiento. Este concepto es un pilar fundamental del derecho civil y, según la normativa española, está garantizado en igualdad de condiciones para todas las personas, sin excepciones. Garantizar el pleno ejercicio de esta capacidad es esencial para proteger la dignidad y la autonomía de los individuos, en especial cuando existen situaciones que puedan dificultar su expresión.
En el año 2021, España llevó a cabo una reforma significativa en el ámbito del derecho civil mediante la Ley 8/2021, de 2 de junio, adaptando su legislación al contexto internacional marcado por la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de Naciones Unidas. Esta ley tuvo como principal objetivo eliminar barreras jurídicas que históricamente limitaban el ejercicio pleno de la capacidad jurídica de las personas con discapacidad.
- Es inherente a toda persona: Toda persona tiene capacidad jurídica desde su nacimiento, siendo un atributo inseparable de la personalidad jurídica.
- Diferencia entre capacidad jurídica y capacidad de obrar: La capacidad jurídica es la aptitud general para ser titular de derechos y deberes; la capacidad de obrar implica la posibilidad de ejercerlos.
- Impacto de la mayoría de edad: Al alcanzar la mayoría de edad, las personas adquieren plena capacidad de obrar salvo limitaciones judicialmente establecidas.
- Incapacitaciones específicas: Puede restringirse en casos concretos, como enfermedades mentales o discapacidad, mediante procedimientos legales con garantías de derechos.
- Evolución hacia un enfoque de apoyos: La normativa actual promueve la integración de mecanismos que reemplacen la incapacitación absoluta por sistemas de apoyo a la toma de decisiones.
- Protección de derechos fundamentales: La capacidad jurídica es clave para la igualdad ante la ley y la protección de derechos individuales en todos los ámbitos.
¿Qué es la capacidad jurídica y cómo se diferencia de la capacidad de obrar?
Para entender la capacidad jurídica, es importante distinguirla de la capacidad de obrar, ya que son términos estrechamente relacionados, pero con significados diferentes en el ámbito legal:
- Capacidad jurídica: Es la aptitud legal que todas las personas poseen desde su nacimiento, lo que les confiere el derecho a ser titulares de derechos y obligaciones. Es universal y no puede ser limitada.
- Capacidad de obrar: Hace referencia a la facultad para ejercer esos derechos y contraer obligaciones por uno mismo, lo cual puede estar sujeto a limitaciones, como la edad, el estado civil o ciertas condiciones físicas o mentales.
Con la entrada en vigor de la Ley 8/2021, se reconoce que todas las personas, incluidas aquellas con discapacidad, poseen una capacidad jurídica plena, reforzando su derecho a participar activamente en las decisiones que afectan sus vidas.
Normativa española sobre el ejercicio de la capacidad jurídica
España ha reformado profundamente su legislación para proteger el derecho al ejercicio de la capacidad jurídica en igualdad de condiciones. La Ley 8/2021 derogó las figuras tradicionales de tutela y patria potestad prorrogada, dando lugar a un modelo que prioriza medidas de apoyo destinadas a la toma de decisiones.
El artículo 249 del Código Civil, reformado por dicha ley, establece que todas las personas tienen derecho a elegir con quién quieren contar como apoyo en la gestión de sus decisiones y actos jurídicos. Estas medidas de apoyo pueden ser de carácter voluntario o, en algunos casos, judicial, garantizando siempre el respeto a la autonomía y dignidad de la persona asistida.
Medidas voluntarias para el ejercicio de la capacidad jurídica
Las medidas de apoyo voluntarias son aquellas establecidas directamente por la persona que pudiera necesitar asistencia en el futuro. Estas incluyen herramientas legales como el otorgamiento de poderes preventivos o la figura de la autocuratela.
- Autocuratela: Permite que una persona decida, de antemano, quién le prestará apoyo y qué ámbito abarcará este respaldo en caso de que posteriormente lo necesite. Esta disposición está regulada en el artículo 271 del Código Civil.
- Poderes preventivos: Se trata de un mandato otorgado antes de que la persona pueda encontrarse en una situación de vulnerabilidad o discapacidad. A través de estos poderes, se designa a una o varias personas para asistir o representar en la toma de decisiones futuras.
Guarda de hecho
La guarda de hecho es otra medida de apoyo que no requiere intervención judicial y suele darse de forma espontánea en el ámbito familiar. Esta figura cobra especial relevancia cuando las personas con discapacidad reciben ayuda adecuada y suficiente de alguien de su entorno, permitiendo que esta asistencia se preste de manera informal, pero eficaz. Según el artículo 264 del Código Civil, solo será necesaria una autorización judicial en casos donde esta figura implique un carácter representativo.
Medidas de apoyo judiciales: Curatela y defensor judicial
En los casos en los que las medidas voluntarias no sean suficientes o no hayan sido previstas, la normativa permite la implementación de medidas de apoyo judicial. Estas consisten en instrumentos legales diseñados para garantizar que la persona pueda ejercer su capacidad jurídica de forma plena, aunque cuente con asistencia en su toma de decisiones.
- Curatela: Es una función de apoyo continuado para aquellas personas que lo necesiten debido a una situación permanente o prolongada. El curador actúa como asistente, nunca sustituyendo la voluntad de la persona afectada. Esta medida está regulada en los artículos 287 y siguientes del Código Civil.
- Defensor judicial: Se designa únicamente para casos excepcionales y puntuales en los que sea necesario salvaguardar los derechos de la persona asistida. Se otorga esta figura con el fin de resolver un asunto específico y delimitado.
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Impacto de la reforma en la capacidad jurídica en España
La reforma introducida por la Ley 8/2021, de 2 de junio, ha supuesto un cambio de paradigma en la legislación española, equiparándola con los principios establecidos en la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Con ella, se refuerzan valores como la dignidad, autonomía y libertad de aquellas personas que anteriormente veían mermada su capacidad jurídica de manera innecesaria.
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