Abuso y revelación de información privilegiada

El abuso y revelación de información privilegiada constituye un conjunto de conductas sancionadas tanto administrativa como penalmente dentro del ordenamiento jurídico español. Estas prácticas, tipificadas como delitos en el Código Penal, afectan la integridad del mercado y atentan contra la confianza depositada por los inversores, pilares fundamentales del mercado de valores. Esta temática cobra especial relevancia en la actualidad, debido al impacto que tales conductas pueden tener en los mercados económicos y en la estabilidad financiera.

En Consultame.net, expertos en derecho penal pueden ayudarte a entender las implicaciones legales de estos actos y gestionar procedimientos judiciales relacionados con los delitos de abuso y revelación de información privilegiada. A continuación, abordaremos sus aspectos clave, según lo establecido en la normativa española y europea en vigor.

¿Qué se entiende por abuso de información privilegiada?

El abuso de información privilegiada es un delito regulado en el artículo 285 del Código Penal, como parte de los delitos que afectan al mercado y a los consumidores. Este delito se configura cuando una persona utiliza de manera indebida una información relevante que aún no ha sido hecha pública, obtenida en el ejercicio de su actividad empresarial o profesional, y que podría alterar significativamente el valor de determinados instrumentos financieros si fuese divulgada.

Información privilegiada: definición legal

La legislación aplicable define como información privilegiada aquella de carácter concreto, relacionada con valores o emisores de valores, que aún no se ha hecho pública. Según el Reglamento (UE) nº 596/2014 sobre abuso de mercado, dicha información, de conocerse, podría tener un efecto sensible en los precios de los instrumentos financieros a los que se refiere.

Conductas típicas del delito

El artículo 285 del Código Penal castiga conductas como:

  • La adquisición, transmisión o cesión de un instrumento financiero usando información privilegiada.
  • Modificar o cancelar órdenes relativas a instrumentos financieros basándose en dicha información.
  • Recomendar o incitar a un tercero a realizar estas mismas conductas, utilizando información privilegiada.

Este tipo penal busca preservar la libertad en la formación de los precios en el mercado, logrando que todos los inversores tengan acceso a la misma información y puedan actuar bajo igualdad de condiciones.

Elementos y sanciones del delito

Para que las conductas recogidas en el artículo 285 sean punibles, debe concurrir alguna de las siguientes circunstancias:

  • Obtención de beneficios o evitación de perjuicios superiores a 500.000 euros.
  • Un valor de los instrumentos financieros empleados superior a 2 millones de euros.
  • La generación de un impacto grave en la integridad del mercado, según exige la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.

Las penas pueden incluir prisión de seis meses a seis años, junto con multa e inhabilitación especial para el ejercicio profesional. Además, el Código Penal prevé sanciones agravadas en casos donde los beneficios obtenidos sean de importancia significativa o si las prácticas ilícitas se realizan de manera habitual.

El delito de revelación de información privilegiada

La revelación de información privilegiada también constituye un delito recogido específicamente en el artículo 285 bis del Código Penal. Este castiga a aquellas personas que, sin estar autorizadas, compartan información reservada que pueda alterar la confianza de los inversores y la estabilidad del mercado financiero.

Concepto de «revelación de información privilegiada»

Este delito se materializa cuando una persona comunica información confidencial que, por su posición profesional, empresarial o fiduciaria conoce, vulnerando el deber de confidencialidad y poniendo en peligro los valores protegidos por la normativa.

Conductas típicas sancionadas

El artículo 285 bis tipifica como delito cuando la revelación de dicha información se realiza:

  • Fuera del marco del ejercicio profesional o empresarial del sujeto.
  • Sin cumplir las exigencias establecidas por la normativa europea sobre mercados financieros, como el Reglamento (UE) nº 596/2014.
  • Poniendo en peligro el correcto funcionamiento del mercado o minando la confianza de los inversores.

Este delito, considerado como de «mera actividad», no requiere que las conductas tengan un resultado específico para que sean punibles. Las penas aplicables incluyen prisión de seis meses a cuatro años, multas proporcionales y la inhabilitación especial.

Supuestos agravados

Entre los supuestos agravados, se encuentran las revelaciones realizadas en la planificación estratégica de una prospección de mercado o aquellas destinadas a beneficiar directa o indirectamente a terceros en perjuicio de la integridad del mercado.

Responsabilidad penal de las personas jurídicas

La responsabilidad penal de las personas jurídicas relativa a estos delitos se encuentra regulada en el artículo 31 bis y en el artículo 288 del Código Penal. Las entidades pueden ser condenadas por los delitos de abuso o revelación de información privilegiada cuando se demuestre que no adoptaron medidas efectivas de supervisión ni mecanismos de control interno para evitar estas conductas.

Las sanciones incluyen multas económicas que pueden oscilar entre el triple y el quíntuple de los beneficios obtenidos ilícitamente, dependiendo de la pena prevista para la persona física involucrada, además de otras penas accesorias como la suspensión de actividades o la inhabilitación definitiva para operar en determinados sectores.

Estas disposiciones subrayan la importancia de que las empresas establezcan protocolos de compliance y sistemas internos de prevención para garantizar el cumplimiento de la normativa vigente y evitar riesgos legales.

Aspectos del abuso y revelación de información privilegiada en la Administración Pública

Cuando las conductas de abuso o revelación de información privilegiada implican a autoridades o funcionarios públicos, las implicaciones legales se agravan. Según el artículo 442 del Código Penal, el uso de información confidencial para obtener beneficios económicos constituye una vulneración no solo del mercado, sino también de la ética y transparencia que deben regir la función pública.

Las sanciones para los funcionarios incluyen penas de prisión, multas de considerable cuantía y la inhabilitación para ejercer cargos públicos durante periodos prolongados. Estas medidas buscan garantizar la transparencia y mitigar el impacto de estas conductas sobre las instituciones públicas y su credibilidad.

Para aquellas personas que deseen profundizar en estas cuestiones o precisen asesoramiento ante procedimientos legales relacionados, en Consultame.net disponemos expertos en derecho penal dispuestos a ayudarte en cada paso del camino.

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