Modelo EX-04 – Solicitud de autorización de residencia para prácticas

Modelo EX-04 – Solicitud de autorización de residencia para prácticas

Si buscas autorización para realizar prácticas profesionales en España, el Modelo EX-04 es tu herramienta clave. En este artículo, exploraremos los detalles de esta solicitud, sus beneficios y cómo garantizar un proceso fluido. Si estás ansioso por obtener más información, ¡sigue leyendo!

Reconociendo la Excepción: Modelo EX-04

Cuando se trata de obtener una autorización de trabajo en el extranjero, el Modelo EX-04 brinda una excepción valiosa. Este modelo te permite realizar actividades lucrativas, laborales o profesionales durante más de noventa días sin necesidad de autorización de trabajo. Ahora, profundicemos en cómo funciona este proceso y cómo puedes aprovecharlo.

Duración y Excepción: Clave del Proceso

Si no eres residente en España y planeas realizar una actividad con una duración menor a noventa días, un visado de estancia es necesario. Este requisito es independiente de tu nacionalidad y se tramita en la Misión Diplomática u Oficina Consular española correspondiente a tu lugar de residencia. Sin embargo, si la duración de la actividad supera los noventa días, el Modelo EX-04 entra en juego.

Tipos de Autorización Incluidos

El Modelo EX-04 abarca diversas situaciones en las que se otorga la autorización. Entre los tipos de autorización contemplados se encuentran:

  1. Estudiante de Educación Superior en Programa de Prácticas: Si eres estudiante de educación superior y buscas realizar prácticas, este tipo de autorización es relevante para ti.
  2. Estudiante de Educación Superior con Contrato de Trabajo en Prácticas: Aquí se abarca la situación en la que un estudiante con contrato de trabajo realiza prácticas relacionadas con su educación superior.

Actividades Exceptuadas

Es fundamental entender qué actividades quedan excluidas del Modelo EX-04. Las siguientes actividades están exceptuadas:

  • Técnicos y científicos contratados por instituciones estatales, comunidades autónomas, universidades y entes locales.
  • Profesores, técnicos e investigadores invitados por universidades españolas.
  • Personal directivo, docente o investigador de instituciones culturales o docentes de otros países.
  • Funcionarios civiles o militares de gobiernos extranjeros.
  • Corresponsales de medios de comunicación extranjeros con actividad informativa en España.
  • Miembros de misiones científicas internacionales.
  • Artistas en actuaciones puntuales de hasta cinco días continuos o veinte días en menos de seis meses.
  • Ministros religiosos y jerarcas de iglesias.
  • Extranjeros en órganos de representación.
  • Menores extranjeros en edad laboral bajo tutela de entidades de protección de menores.

Requisitos Formales de la Solicitud

Para presentar una solicitud exitosa, ten en cuenta los siguientes requisitos:

  • Llena el Modelo EX-04 en duplicado.
  • Adjunta copia completa del pasaporte, título de viaje o cédula de inscripción (vigente por al menos cuatro meses).
  • Incluye documentación que acredite la excepción a la autorización de trabajo.
  • Si no eres residente en España, anexa el certificado de antecedentes penales de los últimos cinco años y el certificado médico.

Dónde Presentar la Solicitud

La presentación de la solicitud se puede realizar en:

  • Oficina de Extranjería: Si eres residente en España, presenta la solicitud en la provincia donde trabajas o inicias la actividad.
  • Misión Diplomática u Oficina Consular Española: Si no eres residente en España, presenta la solicitud en la demarcación correspondiente a tu residencia.

Plazos de Resolución

La resolución de la solicitud tiene un plazo máximo de tres meses, contados a partir de su registro. Si la Administración no realiza la notificación en este plazo, se considerará que la solicitud fue desestimada por silencio administrativo.