En el derecho sucesorio español, una de las preguntas más habituales es si se puede dejar toda la herencia al cónyuge. Este tema suscita muchas dudas, especialmente porque el reparto de una herencia en España está regulado por normas específicas que fijan límites claros sobre cómo pueden disponerse los bienes. En este artículo, desde Consultame.net explicamos detalladamente qué dice la legislación al respecto y cómo afecta la existencia de ascendientes, descendientes u otros herederos.
- En España, la herencia está regulada y no se puede dejar toda al cónyuge debido a las normas sobre herederos forzosos.
- Los descendientes (hijos o nietos) tienen el derecho a recibir al menos dos tercios de la herencia, salvo excepciones.
- El tercio de libre disposición es la única parte de la herencia que puede asignarse completamente al cónyuge si así lo desea el testador.
- En ausencia de descendientes, los ascendientes (padres) también tienen derecho a una porción forzosa y esto limita la herencia al cónyuge.
- Un testamento realizado correctamente puede maximizar la protección del cónyuge dentro de los límites legales.
- La legislación varía según la comunidad autónoma, por lo que en algunas regiones pueden aplicarse excepciones o normativas específicas.
¿Es posible dejar la totalidad de la herencia al cónyuge?
En España, la posibilidad de dejar toda la herencia al cónyuge depende de la existencia de otros herederos forzosos, como descendientes o ascendientes, y de la legislación aplicable. Según el Código Civil, en sus artículos 806 y siguientes, los herederos forzosos tienen derecho a una porción legítima de la herencia, conocida como «legítima». Esta legítima no puede ser obviada ni reducida mediante testamento, salvo determinadas excepciones muy estrictas.
¿Qué ocurre si hay descendientes?
En el caso de que existan descendientes (hijos o nietos), estos tienen derecho a dos tercios de la herencia:
- Uno de los tercios, denominado el tercio de legítima estricta, debe ser repartido por igual entre todos los descendientes.
- Otro tercio, conocido como tercio de mejora, puede destinarse a uno o varios descendientes a elección del testador.
El tercio restante, llamado el tercio de libre disposición, es el único que puede dejarse completamente al cónyuge. Sin embargo, además de esta disposición, el cónyuge sobreviviente tiene derecho, según el artículo 834 del Código Civil, al usufructo del tercio de mejora.
Sin hijos, pero con ascendientes
En el supuesto de no tener descendientes, pero sí ascendientes (padres o abuelos del fallecido), son ellos los que tienen derecho a recibir parte de la herencia, de la siguiente forma:
- Los ascendientes tienen garantizado como mínimo el usufructo de la mitad de la herencia, tal como establece el artículo 837 del Código Civil.
- En este caso, el cónyuge puede heredar hasta dos tercios del total del patrimonio: el tercio de libre disposición y el tercio correspondiente a la parte que no está reservada para los ascendientes.
¿Qué sucede si no hay descendientes ni ascendientes?
Cuando en la herencia no hay descendientes ni ascendientes, el testador tiene plena libertad para disponer de sus bienes como desee. Así, en este caso sí es posible dejar absolutamente toda la herencia al cónyuge. Esta posibilidad está regulada en los artículos 763 y siguientes del Código Civil, donde se establece que, en ausencia de herederos forzosos, el testador tiene plena autonomía para designar a sus beneficiarios.
Asegúrate de que tus decisiones patrimoniales respeten la ley y protejan a tus seres queridos. Habla con un abogado experto en herencias y clarifica cualquier duda legal sobre tu testamento.
Aspectos relevantes al redactar un testamento
Para garantizar que un testamento sea conforme a la normativa y respete los derechos de los diferentes herederos forzosos, es recomendable contar con el asesoramiento de un abogado especializado. Factores como la existencia de bienes en distintas regiones de España, matrimonios en régimen de separación de bienes o régimen de gananciales, así como el deseo de proteger al cónyuge, pueden influir considerablemente en la redacción del documento.
Además, no hay que olvidar que algunas comunidades autónomas con derecho civil propio, como Cataluña, Navarra, Galicia o el País Vasco, cuentan con particularidades normativas en materia de herencias, lo que puede variar los derechos y obligaciones de los herederos. Si tienes dudas sobre cómo disponer de tu patrimonio o necesitas asesoramiento sobre sucesiones, te invitamos a contactar con un abogado experto en Consultame.net para recibir orientación profesional.