¿Qué ocurre si el demandado no se presenta al juicio monitorio?

El proceso monitorio es una herramienta eficaz en el ámbito judicial español para reclamar deudas de manera rápida y sencilla. Sin embargo, cuando el demandado no responde o no se presenta ante esta reclamación, surgen numerosas dudas sobre las consecuencias legales que puede afrontar. En este artículo desde Consultame.net, explicaremos en detalle qué sucede en este caso, cómo afecta al procedimiento y qué acciones puede tomar el acreedor para garantizar el cobro de su deuda.

  • **Declaración en rebeldía:** Si el demandado no se presenta, se le declara en rebeldía, continuando el proceso sin su intervención.
  • **Posible condena automática:** El juez puede dictar una resolución favorable al demandante si la deuda está suficientemente acreditada.
  • **Ejecución de sentencia:** Si el demandado no cumple voluntariamente, el demandante puede solicitar la ejecución forzosa de la resolución.
  • **No impide recursos posteriores:** Aunque no acuda, el demandado puede presentar recurso o impugnar en etapas posteriores del procedimiento.
  • **Sin suspensión del proceso:** La ausencia del demandado no paraliza el juicio monitorio ni afecta su resolución.
  • **Impago registrado:** En ocasiones, la falta de respuesta puede derivar en registros negativos en sistemas de solvencia del demandado.

¿Qué es un juicio monitorio y cuál es su objetivo?

El juicio monitorio, regulado en el artículo 812 y siguientes de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil (LEC), es un procedimiento judicial diseñado para la reclamación de deudas dinerarias, vencidas, exigibles y documentadas. Este procedimiento es especialmente útil para recobrar pequeñas cuantías de forma más ágil y con menos costes que otros procedimientos judiciales ordinarios.

Su objetivo principal es proporcionar una vía rápida y eficaz para reconocer judicialmente deudas que no están siendo abonadas por el deudor, facilitando el cobro al acreedor sin la necesidad de celebrar vistas o audiencias en la mayoría de los casos.

¿El demandado debe presentarse en el juicio monitorio?

Una de las principales características del procedimiento monitorio es que no contempla una vista o audiencia obligatoria. Por lo tanto, el demandado no necesita «presentarse» físicamente ante un juez o un tribunal. Sin embargo, el demandado tiene la obligación legal de contestar a la reclamación dentro del plazo establecido por la ley para evitar consecuencias adversas.

De acuerdo con la LEC, el demandado dispone de 20 días hábiles desde la notificación para actuar de alguna de las siguientes maneras:

  • Pagar la deuda: Si reconoce la deuda, puede abonarla dentro del plazo, quedando así resuelto el procedimiento.
  • Oponerse a la reclamación: Si considera que no debe realizar el pago, tiene el derecho de presentar un escrito de oposición argumentando las razones legales para ello.

Si el demandado no realiza ninguna de estas acciones, el procedimiento continuará en su ausencia y tendrá consecuencias legales graves que detallaremos a continuación.

Consecuencias legales de no responder o presentarse

1. Reconocimiento de la deuda

Si en el plazo establecido el demandado no paga ni presenta oposición, se presume el reconocimiento de la deuda, según lo dispuesto en el artículo 816 de la LEC. Esto significa que el juez emitirá un auto de ejecución por la cantidad reclamada, permitiendo al acreedor iniciar las acciones legales necesarias para proceder al cobro forzoso de la deuda.

2. Embargo de bienes

La falta de respuesta por parte del demandado habilita al acreedor para solicitar el embargo de los bienes del deudor. Este paso se lleva a cabo en la fase de ejecución del procedimiento, y puede incluir el embargo de nóminas, cuentas bancarias, propiedades inmobiliarias y otros activos de titularidad del deudor.

Es importante destacar que, según el artículo 607 de la LEC, determinados bienes son inembargables o están protegidos, como el salario mínimo interprofesional, lo que puede limitar las posibilidades de ejecución dependiendo del caso.

3. Inclusión en registros de morosos

En algunos casos, el acreedor puede comunicar el impago a registros de morosidad, como Asnef o RAI. Esto puede dificultar las futuras relaciones financieras del deudor, como la obtención de créditos o la apertura de líneas de financiación.

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En definitiva, la falta de actuación por parte del demandado en un juicio monitorio puede tener graves consecuencias legales y económicas. Si te encuentras en esta situación, ya sea como demandante o demandado, te recomendamos acudir a un abogado especialista en procesos de reclamación de deudas para recibir el asesoramiento adecuado. En Consultame.net, contamos con expertos legales que pueden ayudarte a gestionar tu caso de la manera más efectiva posible.

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