El contrato por obra y servicio fue una de las modalidades de contratación laboral más utilizadas en España, especialmente en situaciones donde era necesario ejecutar trabajos específicos y temporales dentro de una empresa. Este tipo de contrato estaba regulado por el Estatuto de los Trabajadores (artículo 15) y el Real Decreto 2720/1998, normativa que delimitaba claramente las características y requisitos para su correcta aplicación. Sin embargo, con la entrada en vigor de la Reforma Laboral de 2021, esta modalidad contractual fue eliminada paulatinamente, buscando combatir la temporalidad y promover la estabilidad en el empleo.
- Temporalidad definida: El contrato por obra y servicio tiene una duración determinada, vinculada a la ejecución de una tarea específica o proyecto concreto.
- Extinción al finalizar el proyecto: Se extingue automáticamente al concluir la obra o servicio para el que fue creado, sin necesidad de preavisos.
- Prohibición en España: Desde 2022, este tipo de contrato fue eliminado en España con la reforma laboral, prohibiéndose su uso en nuevas contrataciones.
- Objetivo delimitado: Solo aplicaba para tareas claramente definidas que no forman parte de las actividades habituales de la empresa.
- Derechos laborales: Los trabajadores bajo este contrato tenían los mismos derechos laborales que los contratados de forma indefinida.
- Conversión en indefinido: Si el contrato se usaba indebidamente, podía considerarse como indefinido según la normativa laboral española.
¿Qué era el contrato por obra y servicio?
El contrato por obra y servicio permitía a las empresas contratar a un trabajador para desarrollar tareas autónomas y específicas vinculadas a una obra o servicio concreto, cuya duración, aunque incierta al inicio, estaba limitada a la vigencia de dicha tarea. Este tipo de contrato estaba diseñado para cubrir necesidades laborales puntuales no incluidas en la actividad habitual de la empresa.
Así, esta modalidad resultaba especialmente común en sectores como la construcción, las tecnologías de la información o la investigación, donde los proyectos tienen una clara identificación y una duración determinada. Sin embargo, para que el contrato fuera válido, debía cumplir requisitos específicos establecidos en el artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 2720/1998.
Requisitos legales del contrato por obra y servicio
A lo largo de los años, esta modalidad contractual estuvo sujeta a estrictos requisitos legales que las empresas debían cumplir para evitar sanciones. Algunos de los requisitos fundamentales eran los siguientes:
1. Autonomía y sustantividad del trabajo
La obra o servicio debía tener autonomía y sustantividad propias dentro de la actividad empresarial. Esto implica que las tareas no podían integrarse en la actividad rutinaria de la empresa, sino que debían ser específicas y distinguibles.
2. Duración máxima limitada
La duración del contrato estaba limitada a un máximo de 3 años, prorrogable a 12 meses más según lo dispuesto en el artículo 15.1.a del Estatuto de los Trabajadores. Superar este plazo convertía automáticamente el contrato en una relación indefinida.
3. Formalización por escrito
Para garantizar la validez del contrato, era obligatorio redactarlo por escrito utilizando los modelos oficiales establecidos por el Ministerio de Trabajo, especificando claramente la obra o servicio que justificaba la contratación.
4. Exclusividad de tareas
El trabajador debía dedicarse exclusivamente a la obra o servicio para el que fue contratado, sin desviar su labor a otras áreas o actividades regulares de la empresa.
El fin del contrato por obra y servicio con la Reforma Laboral de 2021
La Reforma Laboral aprobada mediante el Real Decreto-ley 32/2021, que entró en vigor el 30 de diciembre de 2021, trajo consigo importantes cambios en el escenario laboral español, marcando el fin de los contratos por obra y servicio. El objetivo principal de esta reforma fue reducir la temporalidad en el mercado laboral y fomentar contratos estables.
A partir de esta reforma, las empresas solo podían recurrir a contratos temporales en casos muy concretos, reemplazando el contrato por obra y servicio por mecanismos más regulados que debían alinearse a las nuevas disposiciones. A la vez, se fortalecieron las sanciones para combatir el fraude laboral asociado al uso inadecuado de esta modalidad.
Impacto del fin del contrato por obra y servicio
El fin de este tipo de contrato ha supuesto ciertos retos tanto para las empresas como para los trabajadores. Muchas empresas que dependían de esta modalidad para proyectos puntuales han tenido que adaptarse a las nuevas figuras contractuales, como los contratos por circunstancias de la producción o los contratos indefinidos.
Para los trabajadores, esta eliminación ha traducido en mayores garantías de estabilidad laboral, ya que los contratos temporales ahora están mucho más regulados y limitados por ley.
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