Contrato fijo discontinuo

El contrato fijo discontinuo se encuentra regulado en el Estatuto de los Trabajadores, específicamente en el artículo 16. Este tipo de contrato laboral responde a actividades de naturaleza estacional o relacionadas con trabajos intermitentes que tienen periodos concretos de ejecución, determinados o indeterminados. A diferencia de otras modalidades contractuales, como el contrato temporal, el contrato fijo discontinuo establece una relación laboral de duración indefinida, aunque con una prestación de servicios no continuada.

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  • Periodicidad en el trabajo: El contrato fijo discontinuo se aplica a actividades que no son continuas pero se repiten de manera intermitente en el tiempo.
  • Vinculación indefinida: A pesar de su intermitencia, la relación laboral entre empresa y empleado es fija, no temporal.
  • Convocatoria obligatoria: El empresario tiene el deber de llamar al trabajador cada vez que su actividad se inicie nuevamente.
  • Derechos equiparables: Los empleados bajo este contrato tienen los mismos derechos laborales que los trabajadores fijos continuos.
  • Registro y antigüedad: Cada periodo trabajado contribuye al cómputo de antigüedad del empleado y debe ser formalizado en su contrato.
  • Idoneidad sectorial: Es usual en sectores como turismo, agricultura o educación, donde la actividad laboral varía según la temporada o demanda.

¿Qué es exactamente un contrato fijo discontinuo?

El contrato fijo discontinuo es un modelo de contratación indefinida diseñado para aquellas actividades que no requieren prestación de servicios de forma continua, sino que responden a necesidades específicas ligadas a trabajos estacionales o vinculados a la prestación intermitente de servicios dentro de ciertos periodos de tiempo. Según el artículo 16.1 del Estatuto de los Trabajadores, este contrato puede utilizarse también para la ejecución de contratas mercantiles o administrativas que formen parte de la actividad habitual de la empresa.

En este tipo de relación laboral, el empleado trabaja únicamente durante los periodos de actividad de su empresa, mientras que el resto del tiempo la relación laboral permanece suspendida, pero no extinguida. Esto implica que la empresa tiene la obligación de realizar un llamamiento al trabajador, el cual debe ser notificado por escrito o mediante un medio que permita dejar constancia.

¿Para qué actividades es válido este contrato?

Las actividades para las que puede concertarse un contrato fijo discontinuo son las siguientes:

  • Trabajos de naturaleza estacional, como los relacionados con campañas agrícolas o actividades turísticas.
  • Labores vinculadas a temporadas concretas de producción o servicios, como puede ser el sector educativo o eventos culturales con periodicidad anual.
  • Prestaciones de servicios en el marco de contratas mercantiles o administrativas que formen parte de la actividad habitual de la empresa, siempre que esas labores sean previsibles.

Aspectos clave de esta modalidad tras la reforma laboral de 2022

La reforma laboral aprobada por el Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, introdujo una serie de cambios relevantes en la regulación del contrato fijo discontinuo. Estas modificaciones tienen como objetivo dotar a los empleados bajo esta modalidad de mayores garantías. Entre los puntos más destacados que deben tenerse en cuenta se encuentran:

1. Equiparación de derechos

Los trabajadores con contrato fijo discontinuo tienen los mismos derechos que los trabajadores indefinidos a tiempo completo, incluyendo la antigüedad, las indemnizaciones en caso de despido, así como el reconocimiento de sus derechos en periodos de inactividad.

Además, las empresas deben elaborar un censo actualizado de empleados con contratos fijos discontinuos, lo que fomenta una mayor transparencia en las relaciones laborales.

2. Obligatoriedad del llamamiento

El empresario tiene la obligación de realizar el llamamiento al trabajador de forma adecuada conforme a los criterios establecidos en el convenio colectivo aplicable o, en su defecto, mediante acuerdo de empresa. Según el apartado 16.3 del Estatuto de los Trabajadores, el llamamiento debe notificarse por escrito o mediante otros medios que garanticen su constancia, indicando además las condiciones específicas de trabajo.

3. Sustitución del contrato por obra y servicio

Con la reforma laboral, desaparece el contrato por obra y servicio, lo que refuerza el uso del contrato fijo discontinuo para aquellas actividades laborales intermitentes que, anteriormente, solían recurrir a la contratación temporal.

Claves para formalizar un contrato fijo discontinuo

La formalización de este contrato debe cumplir con una serie de requisitos importantes para garantizar su validez y la correcta aplicación de los derechos laborales. Según el artículo 16.2 del Estatuto de los Trabajadores, el contrato debe realizarse por escrito y reflejar los siguientes elementos esenciales:

  • Duración del periodo de actividad.
  • Jornada laboral, indicando su distribución horaria (podría tener carácter estimado hasta la formalización del llamamiento).
  • Detalles específicos del llamamiento y, si corresponde, plazos mínimos para este.

El incumplimiento de alguno de estos requisitos podría derivar en la obligación por parte del empleador de convertir el contrato en indefinido a jornada completa o en sanciones administrativas.

Llamamiento y gestión de la relación laboral

Uno de los elementos distintivos del contrato fijo discontinuo es el proceso de llamamiento, mediante el cual la empresa notifica al empleado el inicio de un nuevo periodo de actividad. Este proceso debe regirse por principios de objetividad y transparencia. Los convenios colectivos sectoriales también pueden establecer criterios adicionales como:

  • Orden de antigüedad para el llamamiento.
  • Duración mínima de las contrataciones anuales.
  • Condiciones específicas en años naturales o semestrales.

Es importante destacar que, en caso de que la empresa no realice el llamamiento correspondiente, el trabajador puede emprender acciones legales. El plazo para reclamar comienza desde el momento en que se tenga conocimiento de la falta de llamamiento.

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En definitiva, el contrato fijo discontinuo aporta una alternativa jurídica adecuada para situaciones laborales que requieren flexibilidad y periodicidad, pero preservando los derechos de los trabajadores y estableciendo una relación laboral indefinida. Si necesitas analizar tu situación o resolver cualquier duda al respecto, en Consultame.net estamos a tu disposición para ponerte en contacto con abogados laboralistas expertos en la materia.

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