Falso testimonio

El delito de falso testimonio es una infracción penal que afecta directamente al correcto funcionamiento de la Administración de Justicia y, por tanto, a la confianza en el sistema judicial. A menudo, este delito crea incertidumbre entre los ciudadanos que participan en procesos judiciales, sea como testigos o como partes interesadas. En este artículo de Consultame.net, explicaremos de forma detallada su regulación en el Código Penal español, los elementos que lo configuran y las penas que conlleva, así como las situaciones concretas en las que puede presentarse.

¿Qué es el delito de falso testimonio?

El falso testimonio se produce cuando un testigo falta deliberadamente a la verdad durante una causa judicial, ya sea en la fase de instrucción o en el juicio oral. Este acto no se limita a incluir información falsa en el testimonio, sino que también incluye la omisión de hechos relevantes que podrían inducir a errores al juez.

Según los artículos 458 a 462 del Código Penal, el falso testimonio se enmarca dentro de los delitos contra la Administración de Justicia. Estos artículos detallan las circunstancias en las que se configura este ilícito y las penas asociadas. Puedes consultar el texto completo del Código Penal en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Elementos clave que configuran el delito de falso testimonio

Para que una conducta pueda tipificarse como falso testimonio, deben cumplirse los siguientes elementos fundamentales:

  • Existencia de una causa judicial: El testigo debe estar declarando en el contexto de un procedimiento judicial, y esta declaración debe ser ante una autoridad judicial.
  • Falsedad en la declaración: Incluye tanto afirmar hechos falsos como omitir intencionadamente hechos relevantes. Es decir, dar lugar a una declaración inveraz.
  • Intención dolosa: La conducta debe realizarse conscientemente y con la intención de distorsionar la verdad. No cabe considerar este delito si la falsedad ha sido cometida involuntariamente o por un error.
  • Un destinatario concreto: La falsedad debe dirigirse a una autoridad judicial, no a un órgano administrativo o a un contexto ajeno al proceso judicial.

Características principales del delito de falso testimonio

El delito presenta ciertas características particulares que es importante destacar:

  • Especialidad de los sujetos: Solo puede ser cometido por personas que actúan como testigos dentro de un proceso judicial. Es un delito especial propio.
  • Es un delito de mera actividad: No requiere que se produzca un daño concreto, basta con realizar la conducta descrita para que pueda considerarse consumado el delito.
  • Falsedad parcial o impropia: El delito puede cometerse, incluso, si el testigo altera la verdad de forma sutil con inexactitudes o reticencias, según lo establecido en el artículo 460 del Código Penal.

Penas asociadas al delito de falso testimonio

Las penas varían según las circunstancias del caso y las consecuencias de la declaración falsa. Entre las penalizaciones previstas en el Código Penal, destacan las siguientes:

  • Tipo básico: Prisión de 6 meses a 2 años y multa de 3 a 6 meses, aplicable cuando el falso testimonio no se agrava por circunstancias especiales.
  • Falso testimonio contra el reo: El artículo 458.2 del Código Penal agrava la pena cuando el testimonio falso recae sobre el acusado en una causa penal, imponiendo prisión de 1 a 3 años y multa de 6 a 12 meses.
  • Resultado lesivo: Si a consecuencia del falso testimonio se dicta una sentencia condenatoria errónea, las penas aplicables se incrementan en un grado.

Además, las penas pueden combinarse con inhabilitación profesional en caso de que otras partes del proceso, como peritos o abogados, participen directa o indirectamente en la falsedad.

Otros intervinientes involucrados en la falsedad procesal

No solo los testigos pueden comprometerse con actos delictivos dentro de un proceso judicial. El Código Penal prevé sanciones para otros agentes que incurran en falsedad procesal:

  • Peritos e intérpretes: El artículo 459 establece que serán sancionados con la mitad superior de las penas si actúan de manera maliciosa en su dictamen o traducción. Además, puede imponerse una inhabilitación especial de 6 a 12 años.
  • Presentación de testigos falsos: Según el artículo 461, quien presente a sabiendas testigos falsos puede ser sancionado con la misma pena que recaiga sobre el testigo mentiroso. Si se trata de un abogado o procurador en ejercicio de su función, se aplicará a estos una inhabilitación especial de 2 a 4 años.

Retractación y exención de responsabilidad penal

El artículo 462 del Código Penal contempla una exención de la responsabilidad penal si el testigo rectifica su declaración falsa antes de que se haya dictado sentencia en el proceso. Es importante que esta retractación sea realizada de manera oportuna para que surta efecto.

En caso de que la retractación se realice después de que el falso testimonio haya causado la prisión del acusado, la pena aplicable será inferior en un grado, pero no se exime completamente de responsabilidad.

Si necesitas más información o asesoramiento legal sobre el delito de falso testimonio, en Consultame.net puedes contactar con abogados especialistas en derecho penal que te guiarán en este y otros temas legales.

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